El Papa León XIV revoca los recortes salariales para cardenales y superiores introducidos durante la pandemia

Imagen GOU6DR543FASRLFLBOIBMSMIXM
Guardar

El Papa León XIV ha revocado los recortes salariales introducidos por su predecesor, el Papa Francisco, a través del Motu Proprio 'Un futuro sostenible' en marzo de 2021 debido a la emergencia generada por la pandemia de la Covid-19. Así lo ha decidido este lunes 14 de septiembre, coincidiendo con su 71 cumpleaños.

Con aquel documento, Bergoglio recortó los salarios del personal de la Santa Sede, comenzando por los cardenales y jefes de dicasterios de la Curia Romana, y bloqueó los aumentos bienales por antigüedad.

PUBLICIDAD

Tal y como explicó entonces, tomaba esta medida por las consecuencias de la pandemia, que había agravado "el déficit" que había caracterizado la gestión económica de la Santa Sede durante varios años.

En concreto, Francisco redujo un 10% los salarios de los cardenales de la Curia; un 8% el de los demás superiores como jefes y secretarios de los dicasterios, y un 3% a los clérigos y religiosos. También congeló los aumentos salariales bienales excepto para los salarios más bajos.

PUBLICIDAD

León XIV, en el documento publicado este lunes, explica que las "medidas de contención salarial" de su predecesor "fueron necesarias para afrontar el desafío excepcional de la pandemia".

Estas ya habían sido parcialmente modificadas en 2025, con la derogación del artículo 3, mediante el Rescriptum ex Audientia del 16 de junio de 2025.

"Ahora --afirma Prevost-- pueden superarse, con la certeza de que las instituciones de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano continuarán, con diferentes instrumentos, en su compromiso de garantizar la sostenibilidad económica".

Por ello, tras haber "escuchado la opinión competente de la Secretaría de Economía y después de examinar cuidadosamente todo", el Papa deroga definitivamente el Motu Proprio 'Un Futuro Sostenible', con efecto a partir del 1 de septiembre de 2026.

Si bien, precisa que los efectos producidos durante la vigencia de dicha ley permanecen inalterados, incluida la congelación del cómputo de los incrementos por antigüedad.