Bogotá, 21 ago (EFE).- La justicia colombiana ordenó la protección del pueblo indígena seminómada Jiw Zaragoza 7 – Naexal Lajt, asentado en condiciones de extrema precariedad en el departamento de Guaviare (centro-sur), tras cinco desplazamientos forzados ocasionados por el conflicto armado, enfrentamientos internos e inundaciones.
La Sala Segunda de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional concluyó "que el confinamiento prolongado de la comunidad fuera de su territorio ancestral —lo que la jurisprudencia denomina sedentarismo forzado— no es solo un riesgo, sino, en la práctica, una forma de exterminio cultural en curso".
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"La comunidad padece condiciones materiales infrahumanas y de hacinamiento, carencia de saneamiento básico con riesgos epidemiológicos asociados, hambre constante, desnutrición aguda infantil y falta de acceso a la educación formal y atención en salud", detalló la resolución.
La Corte identificó un "patrón sistemático y prolongado de omisión estatal", ya que durante más de tres años varias entidades remitieron el caso a otras autoridades "sin que ninguna asumiera de manera integral la responsabilidad de protección".
"Ese patrón constituyó una vulneración autónoma de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, y es la causa directa de que la situación de emergencia transitoria se haya consolidado como una crisis estructural permanente", añadió la información.
La Corte reconstruyó una cadena de cinco desplazamientos que comenzó con la salida del pueblo indígena del resguardo Zaragoza a causa del conflicto armado, luego evidenció un retorno parcial que fue interrumpido por enfrentamientos internos, tras lo cual la comunidad pasó por los municipios de Mapiripán y Puerto Concordia, en el departamento del Meta, y luego volvió a las playas del río Guaviare debido a nuevas amenazas.
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En mayo de 2024, las inundaciones provocadas por el aumento del caudal del río Guaviare obligaron a sus integrantes a trasladarse nuevamente, esta vez a los alrededores del Coliseo Azul, en el municipio de San José del Guaviare, donde permanece actualmente.
Para la Corte, esta sucesión de desplazamientos y la falta de una respuesta estatal integral han convertido una emergencia transitoria en una crisis estructural que amenaza la supervivencia cultural del pueblo Jiw Zaragoza 7 – Naexal Lajt.
La situación es especialmente grave porque se trata de un pueblo de tradición móvil cuya identidad está estrechamente vinculada al territorio y a prácticas como la caza, la pesca y la recolección.
Por ello, el tribunal consideró que mantener a la comunidad fuera de su territorio constituye "sedentarismo forzado" y puede conducir a la destrucción de su identidad cultural.
Entre las medidas inmediatas, la Corte ordenó al municipio de San José del Guaviare garantizar el suministro de agua potable y el acceso efectivo a servicios sanitarios, con atención especial a mujeres, niños, adultos mayores.
También, ordenó a la Unidad para las Víctimas garantizar la atención humanitaria integral, que incluye alojamiento temporal, alimentación, servicios médicos y psicológicos, y transporte de emergencia.
Además, las autoridades educativas deberán garantizar el acceso a la educación con enfoque étnico propio y el sistema de salud deberá asegurar la afiliación y atención médica de los integrantes de la comunidad.
Por su parte, la Agencia Nacional de Tierras deberá acelerar los trámites relacionados con el resguardo de la comunidad, mientras que la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación deberán hacer seguimiento al cumplimiento de las medidas. EFE
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