
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Cádiz) ha revocado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz y rebajado la pena de cárcel hasta en cuatro años y medio para una acusada de traer mujeres de Brasil en situación de vulnerabilidad para prostituirlas en dos casas en Jerez de la Frontera. Así, de los 21 años de prisión dictados por la Audiencia de Cádiz el TSJA los rebaja a 16 años y medio, al estimar un error en la sentencia en cuanto a la aplicación de la pena impuesta.
Igualmente, el TSJA, por el mismo motivo, también rebaja tres años la condena para otra acusada de actuar de la misma forma pero en un piso en Algeciras y mantiene las penas de seis y cuatro años para las personas que colaboraba con ambas condenadas en cuanto al mentenimiento de las casas o el alquiler, que en el caso del piso de Algeciras era el marido de la condenada por traer a las mujeres desde Brasil para luego prostituirlas.
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En el caso de las dos condenadas como cabecillas del grupo y encargadas de traer a las mujeres y posteriormente someterlas una vez ya en España, el TSJA revoca la sentencia y cambia la condena de siete años por los delitos de trata de seres humanos en concurso ideal con delitos de favorecimiento de la prostitución y, en su lugar, condena por delitos de trata de seres humanos en concurso medial con delitos de favorecimiento de la prostitución a la pena única por cada uno de ellos de cinco años y seis meses de prisión.
Así, para la condenada por los dos pisos de prostitución en Jerez la pena queda en 16 años y medio (por tres casos recogidos en los hechos probados) y para la del piso de Algeciras en once años (por dos casos).
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FORMA DE ACTUAR
Según los hechos de la sentencia, recogida por Europa Press, se declara probado que entre 2019 y 2020 la acusada --y condenada ahora a 16 años-- se dedicaba al negocio de la prostitución ajena, en concreto de mujeres extranjeras, de nacionalidad brasileña en Jerez. Las mujeres eran jóvenes, vivían en su país en situación de pobreza o con serias dificultades económicas. Muchas de ellas ejercían la prostitución en su aís y deseaban venir a España para mejorar su situación económica aún sabiendo que iban a ejercer la prostitución.
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Por su parte, la acusado regentaba dos casas de citas en Jerez y subía anuncios en páginas de Internet donde ofertaba chicas para mantener relaciones sexuales, con fotografías de las mujeres en ropa interior o semidesnudas, facilitando un teléfono móvil de contacto de su propiedad. Además, era ella la que atendía el teléfono y concertaba la cita con los clientes.
Asimismo, impartía las instrucciones a seguir por las mujeres y percibía el 50% de los servicios prestados a los clientes por parte de las mujeres. Los clientes abonaban a las mujeres y ellas lo guardaban en un sobre, realizando la liquidación al día siguiente. Además, la acusada controlaba las entradas y salidas de las mujeres y no podían salir de la vivienda sin permiso.
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Igualmente, la sentencia detalla que el 20 de diciembre de 2020 viajó a Brasil para traer a su regreso a dos mujeres para dedicarlas a la prostitución, llegando el 14 de enero de 2021, con las dos mujeres a las que le pagó el billete de avión y pagó unos 1.000 euros, además de darle una carta de invitación a su casa con objeto de hacerlas pasar por turistas que iban a pasar un tiempo con ella.
Una vez en el aeropuerto de Sevilla fueron recogidas y conducidas a la casa de Jerez, donde fueron recibidas por la encargada de la casa y de recibir a los clientes, condenada también a seis años de cárcel. Además de estos dos casos, la sentencia recoge otro más con la misma forma de proceder, computándose tres delitos de trata de seres humanos en concurso medial con delitos de favorecimiento de la prostitución.
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Por su parte, la otra condenada a once años, regentaba una casa en Algeciras y también se dedicaba al negocio de la prostitución ajena, dando por hechos probados la sentencia que trajo de Brasil a dos mujeres, a las que también cobraba el 50% de los servicios prestados a los clientes. Esta era ayudada por su marido, condenado a cuatro años de cárcel, que era quien suscribía el contrato de arrendamiento de la casa de prostitución y gestionaba con la parte arrendadora las cuestiones relativas al contrato, como su renovación y precio.
Asimismo, la sentencia recoge que ambas acusadas eran amigas y mantenían conversaciones telefónicas con mucha frecuencia, llegando en una ocasión a trasladar de la casa de Jerez a la de Algeciras a una de las mujeres por presentar problemas de convivencia, aunque no ha quedado acreditado que ambas formaran un grupo organizado, en el sentido de compartir la organización y gestión del negocio ni sus beneficios económicos.
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