La Haya, 14 abr (EFE).- La Justicia neerlandesa ha ordenado a la red social X que facilite a un usuario el acceso a sus datos personales y a la forma en que fueron procesados tras la restricción de su cuenta en 2023, un fallo en defensa del derecho de los usuarios europeos a conocer cómo se gestionan sus datos.
El fallo del Tribunal de Apelación de Ámsterdam exigió este martes a X entregar prácticamente toda la información contenida en su sistema interno -un registro cronológico de acciones sobre cuentas de usuarios-, excepto los nombres de empleados y los detalles exactos de tiempo de las acciones realizadas.
El origen del litigio se remonta a octubre de 2023, cuando la plataforma (entonces llamada Twitter) impuso una restricción temporal a la cuenta de Danny Mekic, un experto en privacidad, tras publicar un mensaje que incluía el término “pornografía infantil” en referencia a un artículo informativo.
El sistema automático de X identificó el contenido como potencialmente problemático y redujo la visibilidad de su cuenta en las búsquedas.
El usuario no fue notificado de la medida y solo descubrió la restricción cuando otros usuarios le alertaron de que no podían encontrar su perfil.
Días después, la compañía levantó la limitación tras una revisión interna, sin comunicárselo tampoco al afectado.
Ante la falta de explicaciones, Mekic presentó una solicitud de acceso a sus datos personales en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), exigiendo información detallada sobre las decisiones automatizadas y el tratamiento de su información.
X se negó a proporcionar acceso completo alegando que parte de la información -incluidos detalles de su sistema interno de moderación y clasificación de contenidos- constituía secreto empresarial y su divulgación podría facilitar abusos o la manipulación de sus sistemas.
Sin embargo, el tribunal concluyó que, aunque la protección de secretos comerciales es legítima, no puede servir para denegar de forma generalizada el derecho de acceso del usuario a sus datos personales.
Los jueces realizaron un balance entre ambos intereses y determinaron que Mekic tiene derecho a conocer la mayoría de los datos, incluidos los relacionados con etiquetas de contenido, sistemas publicitarios, filtros de spam y procesos de seguridad de cuenta.
Pero aceptaron de forma parcial los argumentos de la empresa en aspectos concretos, como la necesidad de ocultar la identidad de empleados y los tiempos exactos de respuesta del sistema para evitar posibles usos indebidos.
La decisión mantiene la multa coercitiva de 4.000 euros por día en caso de incumplimiento, sin establecer un límite máximo, al considerar que la sanción es proporcionada y necesaria para garantizar la ejecución.
La decisión de hoy confirmó en gran medida una sentencia anterior y supone la quinta victoria judicial consecutiva de Mekic, quien celebró que el fallo ratifica el principio de que los ciudadanos europeos tienen derecho a saber cómo se usan sus datos. EFE
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