La CNMC multa con 20,5 millones a varias empresas del Grupo Repsol y les prohíbe optar a contratos públicos

Tras detectar una práctica considerada "especialmente grave" y contraria a la libre competencia, el organismo que supervisa los mercados españoles sancionó a varias filiales del grupo energético al identificar abuso de posición dominante en la distribución mayorista de combustibles

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La práctica de estrechamiento de márgenes, ejecutada entre abril y diciembre de 2022 por varias empresas del Grupo Repsol, provocó una profunda caída en las ventas de gasóleo A destinadas a los profesionales por parte de estaciones de servicio independientes, al tiempo que incrementó las ventas y la cuota de mercado de las filiales de Repsol. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) calificó esta conducta como “especialmente grave”, en la medida en que se vio afectada la competencia en sectores como el transporte profesional, principalmente en corredores estratégicos y áreas fronterizas. Según informó la CNMC, la cadena de decisiones del Grupo Repsol generó “perjuicio” a los operadores independientes, muchos de ellos clasificados como de bajo coste, que juegan un papel clave en la dinamización del mercado de carburantes a nivel nacional.

La CNMC hizo pública el martes la imposición de multas que suman 20,5 millones de euros a varias compañías del conglomerado energético, como Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Solred y Campsa Estaciones de Servicio. De acuerdo con el organismo presidido por Cani Fernández, la sanción responde a una política comercial que restringió la libre competencia mediante el estrechamiento de márgenes a competidores independientes en el suministro mayorista de combustibles para automóviles. Además, las citadas compañías tampoco podrán participar en licitaciones públicas para el suministro de ‘Gasóleo A’ durante seis meses, una prohibición que la CNMC formalizó junto con la penalización económica, según detalló el organismo en su comunicado oficial.

El medio detalló que, durante el periodo investigado, Repsol mantenía una posición de dominio en el mercado mayorista de combustibles de automoción dirigido a estaciones de servicio en todo el territorio español. Competencia explicó que tanto la legislación nacional a través del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) como el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíben este tipo de prácticas cuando afectan a la competencia en mercados donde existe dominio. En este caso, la sanción se relaciona especialmente con la venta mayorista de gasóleo A, destinado a profesionales, especialmente transportistas.

La CNMC especificó que Repsol, a través de diversas filiales, desarrolló una estrategia incompatible con la condición de dominante, con el objetivo de recuperar el volumen de ventas que venían disminuyendo desde 2019. Parte de esta estrategia consistió en aumentar de manera generalizada el precio mayorista de los combustibles para las estaciones de servicio independientes. Paralelamente, las estaciones de la red Repsol ofrecían a clientes profesionales campañas de descuentos acumulativos sobre los 5 céntimos de euro por litro que la empresa podía usar en sustitución del gravamen transitorio exigido por el Gobierno.

Estos acontecimientos coincidieron con el alza internacional de precios de los carburantes, efecto de la invasión rusa sobre Ucrania. De acuerdo con lo publicado por la CNMC, durante seis meses de 2022, el precio del gasóleo A superó al de la gasolina en España, una circunstancia que no se había producido anteriormente en el mercado nacional. Esta situación generó un impacto directo en los márgenes de las empresas competidoras independientes, que vieron su volumen de venta recortado de manera significativa.

Luego de recibir denuncias de asociaciones del sector, la CNMC realizó inspecciones en las sedes de varios operadores de hidrocarburos a finales de 2022, lo que motivó en diciembre de 2023 la apertura de un expediente sancionador por una posible infracción del artículo 2 de la LDC contra Repsol. El organismo recopiló pruebas suficientes sobre la existencia de un plan comercial que restringió la competencia y favoreció la posición de mercado del grupo sancionado.

Según reportó la CNMC, la determinación del abuso se atribuyó a diversas filiales del grupo y alcanzó también a las empresas matrices Repsol Customer Centric y Repsol, que comparten la responsabilidad en el pago de la sanción. Además, especificó que las compañías afectadas pueden presentar recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional durante los dos meses siguientes a la notificación oficial de la resolución.

El medio precisó que la importancia de los operadores independientes en este mercado reside en su función de dinamizar la competencia, en especial en áreas de elevada demanda, como zonas limítrofes o corredores de transporte en carretera. La CNMC subrayó que el estrechamiento de márgenes, considerado una “conducta prohibida”, generó un obstáculo para el desarrollo de mejores condiciones comerciales en perjuicio final de los consumidores y el sector del transporte profesional.

Competencia destacó también la gravedad de la infracción al destacar el daño generado a las estaciones de servicio de bajo coste, que contribuyen a mantener precios competitivos en el mercado español. Estas estaciones resultaron especialmente afectadas por una reducción drástica en sus ventas profesionales, mientras las empresas ahora sancionadas reforzaban su posición de liderazgo.

La prohibición temporal para acceder a contratos públicos afecta exclusivamente al suministro de ‘Gasóleo A’, principal carburante para el transporte profesional. Durante seis meses, RSE, Campsa y Solred tendrán vetada la posibilidad de licitar estos servicios, una medida adicional a la sanción económica que busca reforzar los mecanismos de protección de la competencia previstos en la legislación vigente.

De acuerdo con lo informado por la CNMC, el procedimiento garantiza a las compañías sancionadas el derecho a recurrir la resolución ante las instancias judiciales correspondientes. La sanción se impuso como resultado de una investigación respaldada en denuncias formales y numerosas pruebas documentales sobre las prácticas comerciales desplegadas en los meses analizados.

La CNMC concluyó que el abuso de posición dominante genera un efecto negativo sobre la estructura competitiva del mercado, en particular al restringir las opciones de los consumidores profesionales y debilitar la red de operadores alternativos. Este caso representa una de las multas más relevantes impuestas en los últimos años en el sector de hidrocarburos, acorde con la gravedad de las irregularidades cometidas, tal como recoge el expediente sancionador.