La Justicia europea dictamina que la orden de detención europea del Reino Unido es vinculante para Irlanda

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Jueces del Tribunal de Justicia
Jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo, durante una vista. EFE/EPA/JULIEN WARNAND/Archivo

Bruselas, 16 nov (EFE).- Las provisiones incluidas en el acuerdo de retirada del Reino Unido sobre las órdenes de detención europeas emitidas por ese país y las del pacto de comercio y cooperación entre Londres y Bruselas sobre el mecanismo de entrega son vinculantes para Irlanda, indicó este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En una sentencia, la corte con sede en Luxemburgo asegura que son vinculantes para Irlanda los aspectos del acuerdo de retirada relativos al mantenimiento del régimen de las órdenes de arresto europeas con respecto al Reino Unido durante el periodo de transición.
Esa transición, que duró los once meses en los que la UE y el Reino Unido negociaron el acuerdo de comercio y cooperación, concluyó el pasado 31 de diciembre. Durante ese periodo, el Reino Unido ya no era un Estado miembro de la Unión, pero se seguía aplicando la legislación comunitaria en territorio británico.
El TJUE también considera vinculantes para Irlanda las provisiones del acuerdo de comercio y cooperación que obligan a entregar al Reino Unido las personas detenidas a raíz de una orden de detención europea emitida antes del fin de la transición, para individuos aún no arrestados antes del final de ese periodo transitorio.
El caso gira en torno a un individuo objeto de una orden de detención europea emitida en marzo de 2020 por el Reino Unido y que fue detenido en Irlanda en septiembre de ese mismo año.
En febrero de 2021, el Tribunal Superior de Irlanda (High Court) adoptó una resolución por la que decretaba la entrega del detenido al Reino Unido y otra accesoria por la que ordenaba mantenerlo privado de libertad hasta que tuviera lugar dicha entrega.
Otra persona, también objeto de una orden de detención europea emitida por el Reino Unido en octubre de 2020, fue detenida en Irlanda en febrero de 2021 y se decretó su prisión provisional a la espera de la vista sobre la petición de entrega.
En nombre de los dos individuos, se presentaron sendas solicitudes ante el Tribunal Superior para que se iniciase una investigación sobre si sus detenciones eran legales.
Se alegaba que no habían sido privados de libertad legalmente porque el régimen de la orden de detención europea ya no era aplicable entre Irlanda y el Reino Unido.
El Tribunal Superior resolvió que las dos personas estaban privadas de libertad de forma legal, por lo que denegó su puesta en libertad.
Sin embargo, ambos obtuvieron autorización para presentar directamente un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo de Irlanda (Supreme Court), aunque debían seguir en prisión hasta que se resolvieran sus respectivos recursos de apelación.
En ese contexto, el Tribunal Supremo preguntó al TJUE si el acuerdo de retirada y el acuerdo comercial y de cooperación entre los Veintisiete y el Reino Unido hacen vinculante para Irlanda el régimen de la orden de detención europea.
La semana pasada se publicaron las conclusiones de una abogada general del TJUE, que proponía a la corte comunitaria indicar en su sentencia que los dos pactos siguen haciendo vinculante para Irlanda el régimen de la orden de detención europea respecto al Reino Unido.

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