El Congreso de Perú ratifica decisión de fijar topes a las tasas de interés

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El proyecto había sido aprobado en primera instancia el pasado 30 de diciembre por el Congreso, pero tras ser devuelto sin ser promulgado por el Ejecutivo fue ratificado este jueves con 85 votos a favor, 8 en contra y 12 abstenciones. EFE/Ernesto Arias/Archivo
El proyecto había sido aprobado en primera instancia el pasado 30 de diciembre por el Congreso, pero tras ser devuelto sin ser promulgado por el Ejecutivo fue ratificado este jueves con 85 votos a favor, 8 en contra y 12 abstenciones. EFE/Ernesto Arias/Archivo

Lima, 11 mar (EFE).- El Congreso de Perú ratificó, por insistencia, su decisión de fijar topes a las tasas de interés que cobran las instituciones financieras en el país, como parte de una polémica ley que denominó "contra la usura financiera".
El proyecto había sido aprobado en primera instancia el pasado 30 de diciembre por el Congreso, pero tras ser devuelto sin ser promulgado por el Ejecutivo fue ratificado este jueves con 85 votos a favor, 8 en contra y 12 abstenciones.
La propuesta, que ha generado un amplio rechazo del Gobierno, economistas y de entidades financieras, propone cambios en la Ley Orgánica del BCRP, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y la ley de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
TASAS DE INTERÉS
En ese sentido, la iniciativa ordena que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) deberá fijar cada seis meses las tasas de interés máximas y mínimas para operaciones de créditos bancarios, en casos como los préstamos personales, las tarjetas de crédito y para las pequeñas empresas.
Dispone, además, que si el deudor bancario incurre en una mora, solo deberá pagar los intereses por ese concepto y no otras comisiones o gastos adicionales como el de capitalización.
La nueva ley ha sido rechazada por el Ejecutivo, que considera que poner límites a las tasas de interés "nunca ha funcionado en el mundo" y solo favorecerá a los prestamistas, según remarcó el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.
OPOSICIÓN DEL EJECUTIVO
El Ejecutivo devolvió la ley al Congreso sin promulgarla el pasado 2 de febrero tras considerar que afecta "el proceso de inclusión financiera" y es "inconstitucional".
El Ministerio de Economía agregó que esta propuesta puede perjudicar la estabilidad del sistema financiero y la protección del ahorro, además de causar una severa afectación económica y la exclusión financiera, principalmente de los pequeños consumidores y empresarios.
En diciembre pasado, al exponer el proyecto, el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, Johan Flores, aseguró que beneficia "a todos, no solo a las familias que tienen créditos de consumo" y remarcó que el Congreso "no fijará las tasas", sino el Banco Central de Reserva.
OTRAS RESTRICCIONES
La norma también prohíbe la capitalización de intereses y el cobro de penalidades u otras comisiones diferentes a los intereses en caso de incumplimiento o atraso en el pago del crédito, además de indicar que las comisiones solo se cobrarán por la prestación de un servicio adicional o complementario a las operaciones contratadas.
Establece que la Superintendencia de Banco y Seguros (SBS) deberá sancionar si se identifican cláusulas "abusivas" en tasas de interés, comisiones o gastos en los bancos, además de que las entidades financieras deberán presentar al usuario la opción de un seguro de desgravamen que se devuelva al finalizar el pago.
Elimina otros cobros que se hacen en Perú como por membresía o afiliación, salvo pacto entre las partes, y la comisión por el retiro en cajero automático, ventanillas u otros agentes en una localidad distinta a donde se abrió la cuenta.