Pintar el cordón de amarillo sin autorización es considerado una infracción por el Código de Tránsito y hasta ayer preveía multas de $1.950 a $13.000. Sin embargo, por una modificación aprobada por la Legislatura porteña, ahora el valor de la sanción se redujo hasta los 650 pesos. Pero entre los cambios más significativos, se multará también al propietario del inmueble cuyo cordón haya sido modificado sin el correspondiente permiso.
De esta manera los diputados porteños aprobaron un proyecto del legislador Claudio Palmeyro en el que modificó el Código de Tránsito porteño para establecer como infractor a quien pinte un cordón de amarillo sin autorización oficial y considera que el dueño "de la parcela frentista son solidariamente responsables con el infractor por la adulteración de las condiciones del segmento de cordón".
El castigo a los infractores será el previsto en el Código de Faltas para quien "coloque o instale paradas de transporte, señales o símbolos de tránsito sin autorización, o retire, traslade, oculte, modifique, deteriore o destruya cualquier tipo de señalización vial", estimado en una multa de 100 unidades fijas. Cada unidad fija equivale a medio litro de nafta súper de YPF.
El nuevo punto en el código precisa que la autoridad de aplicación es la única autorizada para ordenar pintar los cordones mediante un acto administrativo. "El pintado de los mismos sin esa autorización constituye falta sancionada por el artículo 6.1.70 de la Ley 451 de la Ciudad, sin perjuicio de la asunción de los costos que demande su remoción por parte o a costa del infractor o de quien deba responder por él", dice la ley.
"Sólo el gobierno de la ciudad puede ordenar el pintado de cordones, mediante un acto administrativo", recuerda la norma aprobada, que recibió 49 votos a favor. "Nadie puede reservarse por cuenta propia un espacio de estacionamiento, tanto mediante cordón amarillo o con señalización para discapacitados. No está librado al libre albedrío", explicó Palmeyro.
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