Restan solamente tres días para que se venza el plazo para que empleados en relación de dependencia puedan informar deducciones para el cierre anual del impuesto a las Ganancias.
Es que el 31 de enero finaliza el período para que se puedan detallar vínculos familiares, deducciones y percepciones referidas al 2014, con el fin de que los empleadores otorguen, si es que corresponde, un reintegro a favor de los empleados en sus respectivos sueldos en marzo de 2015.
El tributarista José Luis Ceteri explicó que hay dos maneras de llevar a cabo el trámite, según los ingresos. "Si uno no está informado sobre las posibles deducciones, pierde plata. El desconocimiento del empleador tiene un costo: pagar más impuestos", advirtió Ceteri en diálogo con NA.
Precisó que para poder presentar la actualización de la información hay dos modos posibles: el que se lleva a cabo online mediante la página web de la AFIP y el manual.
Para los empleados que tuvieron remuneraciones brutas mayores a 250 mil pesos en 2014 se debe concretar el trámite virtual, mientras que para aquellos que ganaron menos de ese monto, tienen que imprimir de ese sitio el formulario 572 y completarlo, para luego presentarlo ante el organismo dirigido por Ricardo Echegaray.
"Todos aquellos que trabajen en relación de dependencia y en 2013, durante los ocho primeros meses, cobraron 15 mil pesos brutos, van a estar afectados por el impuesto", señaló el contador.
Indicó que las deducciones permitidas son cuotas de prepagas, donaciones a entidades exentas por la AFIP, intereses abonados por préstamos hipotecarios, gastos de sepelios, sueldos y cargas sociales por personal doméstico, seguro de vida del empleado, aportes a sociedades de garantía recíproca, gastos de movilidad, viáticos de los autos de viajantes de comercio y pagos de atención médica del empleado y familia.
Además, señaló que antes del próximo 31 se debe informar sobre el impuesto del 35% por viajes y compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, el 20% de recargo por compra de dólares y el 34% del Impuesto al Cheque por depósitos durante el 2014.
"Una vez que el empleador recibió toda la información con la actualización, tiene que recalcular y reliquidar el impuesto anual y, si corresponde, reintegrar al empleado lo retenido, que será abonado con el sueldo correspondiente a febrero", subrayó.
Ceteri recordó que "hay empleados que en función de lo que ganaron el año pasado, quedan obligados a presentar declaraciones juradas de bienes personales independientemente de pagar Ganancias".
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