La AFIP estableció la cantidad mínima de trabajadores que necesitarán los consorcios

El organismo tomó como criterio el número de las unidades funcionales de vivienda. Por ejemplo, si tiene entre 5 y 15, se necesitará al menos un trabajador jornalizado, con 18 horas semanales. Los detalles de la disposición

Compartir
Compartir articulo
162

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) para los consorcios de propietarios. Según estableció el organismo, la cantidad de trabajadores dependerá de la cantidad de las unidades funcionales de vivienda.

Según la Resolución General 3.634, que será próximamente publicada en el Boletín Oficial, si el consorcio tiene entre 5 y 15 unidades de vivienda, se necesitará al menos un trabajador jornalizado, con 18 horas semanales. O, por ejemplo, si son entre 16 y 25 unidades, se necesitará un trabajador, pero con 24 horas por semana.

En el caso de que sean entre 26 y 35 viviendas, será un trabajador de jornada completa con 45 horas semanales. En cambio, si son entre 36 y 60, se precisará un empleado de jornada completa, más otro de 24 horas semanales.

Entre 61 y 100 departamentos, serán necesarios dos trabajadores con 45 horas semanales; y a partir de 101 unidades, también dos trabajadores de jornada completa cada uno, más otro trabajador con 24 horas semanales.