TSJ chavista rechaza la impugnación de Capriles

El Tribunal Supremo venezolano alegó que el recurso presentado para dejar sin efecto los comicios del 14 de abril no puede ser considerado por “no atribuir vicios concretos"

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El Tribunal Supremo de Justicia rechazó tramitar la primera de las seis acciones presentadas por la oposición venezolana para dejar sin efecto los comicios del pasado 14 de abril, por realizar "señalamientos dispersos y no atribuir vicios concretos contra las elecciones o el acto de proclamación del presidente Nicolás Maduro".

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral tomó la decisión y explicó que desechó analizar el recurso contencioso que presentó el abogado Oscar Arnal el 7 de mayo pasado por no cumplir los requisitos previstos en el artículo 180 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo.

El fallo explicó que dicho artículo sostiene que "en el escrito correspondiente se indicará con precisión la identificación de las partes y contendrá una narración circunstanciada de los hechos que dieron lugar a la infracción que se alegue y de los vicios en los que haya incurrido el supuesto o supuesta agraviante".

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"Observa este Juzgado que, en el presente caso, lo que se expone como sustento del recurso son señalamientos dispersos referidos al ejercicio de una acción de amparo ante la Sala Constitucional a un fraude electoral, así como al ejercicio del voto por parte de electores que se encuentran fuera del territorio nacional", señala el dictamen redactado por el magistrado Fernando Vegas Torrealba y publicado en el sitio web del máximo juzgado.

El texto agrega que es "evidente que se esgrimen alegatos contentivos exclusivamente de juicios de valor, sin la fundamentación exigida por la norma, pues no es suficiente el señalamiento de la vulneración de alguna norma electoral sin atribuir vicios concretos".

La oposición venezolana se mantiene firme en su reclamo por la auditoría de los votos emitidos en los comicios del 14 de abril. Henrique Capriles ha afirmado que no reconocerá los resultados declarados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) con el estrecho margen del 1,8 puntos porcentuales a favor de Maduro.

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