El 19 de febrero de 2008, María Ángeles Molina invitó a cenar a su amiga, Ana Páez(a quien había conocido diez años antes, cuando compartieron un trabajo), a un departamento que había alquilado, sólo por tres días, y casualmente a nombre de esta última.
Sólo unas horas antes, Angie había acudido a un banco a sacar plata que tenía también a nombre de Páez en una cuenta, según se desprende de las imágenes de las cámaras de seguridad, que la captaron ingresando a la sucursal con una peluca.
Ya en el departamento, Angie "adormeció" a su víctima con un producto que no se logró identificar. Después, le colocó una bolsa de plástico en la cabeza y la cerró alrededor del cuello con varias vueltas de cinta aislante, lo que provocó su muerte.
La acusada pretendió simular un móvil sexual y por ello impregnó con semen la boca y la vagina de la víctima. Angie había conseguido el semen en una casa de prostitución masculina, donde había contratado los servicios de dos hombres para que se masturbaran delante de ella y metieran el esperma en un frasco.
Durante los registros en el piso de Angie, la policía halló una botella de cloroformo (que estaba cerrada), así como una póliza de seguro de Carrefour a nombre de Páez. La entonces pareja de la acusada entregó a la policía documentación que enconltró escondida en su domicilio; entre otras cosas, el DNI y el pasaporte original de Páez.
El tribunal confirmó que "de modo incuestionable" Angie suscribió préstamos y seguros de vida a nombre de su amiga, según se desprende de la sentencia, que recoge los informes de la policía y diversas personas, entre ellas los empleados del banco que la identificaron.
La acusada, en tanto, niega la autoría de los hechos, además de asegurar que no se encontraba en ese lugar al momento del fallecimiento de su amiga, sino de compras porque buscaba un reloj para su marido. Y luego pasó por un almacén "porque sin yogures de dulce de leche no soy nada", afirmó.
El crimen fue "especialmente perverso", según la sentencia, ya que la víctima "acudió al departamento bajo el señuelo de una cita para cenar". Por ese delito, la Audiencia de Barcelona le impone 18 años de cárcel. La acusada también es responsable, sigue la sentencia, de un delito de falsedad documental en concurso con un delito de estafa, por el que le impone cuatro años más de cárcel, lo que eleva la pena a 22 años. La acusada también deberá indemnizar a la familia de la víctima con 100.000 euros y con igual cantidad a la expareja de esta. Las entidades bancarias con las que suscribió los contratos también deberán ser indemnizadas, según la información de El País, de España.
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