Juicio oral a ex funcionario menemista Julio Maharbiz

El fallo al que tuvo acceso Infobae.com y que dejó a Maharbiz a un paso del juicio oral, fue dictado por la Sala II de la Cámara y confirmó el procesamiento sin prisión preventiva por el delito de "negociaciones incompatibles con la función pública"

La Cámara Federal confirmó el procesamiento y embargo de un millón de pesos para el ex titular del Instituto Nacional de Cine y Artes Visuales (INCAA), Julio Mahariz durante la gestión menemista en el marco de una causa en la que se investigan irregularidades en la contratación del Complejo Tita Merello.

La causa se inició a raíz de una denuncia efectuada por el productor Eduardo Montes ante el entonces fiscal y actual ministro de seguridad bonaerense Carlos Stornelli, por supuestas irregularidades que advirtió en el funcionamiento del INCAA durante la gestión de Maharbiz.

El hecho que se investigó fue la contratación directa de las salas de cine de la firma "Gran Cine Suipacha", luego renombrada como "Complejo Tita Merello", prescindiendo del procedimiento que hubiera correspondido realizar en virtud del monto de la operación, esto es una licitación, y sin considerar otras ofertas que podrían haber sido más ventajosas para el organismo, según se desprende del fallo.

La defensa argumentó en su momento que la contratación directa estaba justificada porque "era la única sala en alquiler y por razones de urgencia", ya que se quería coincidir la inauguración del complejo con la conmemoración de los 100 años del nacimiento del cine nacional.

Para la Cámara "se encuentra acreditada la materialidad del hecho", y "la responsabilidad penal" del ex funcionario, por lo que se confirmó el procesamiento dictado por el juzgado federal n3 actualmente a cargo del juez Daniel Rafecas.

La contratación en cuestión se celebró el 18 de octubre de 1995 y su objeto fue la cesión por parte de Elena Suñé, presidente del cine Suipacha de la programación artística de las tres salas del complejo de la calle Suipacha 442, como también el resultado económico que derivara de la exhibición comercial de los filmes nacionales elegidos por el organismo estatal.

De acuerdo al fallo, el Instituto se obligó a pagar como contraprestación una suma fija mensual de 25.000 pesos en concepto de derechos de exhibición y gastos de funcionamiento y otro pago mensual de 2.500 pesos por tareas administrativas.

La vigencia del convenio se estipuló del 1 de noviembre de 1995 al 31 de octubre de 1998, por lo que el monto del total erogado ascendería a 990.000 pesos, o dólares en aquel momento.

Para los camaristas Horacio Catan y Martin Irurzun, Maharbiz "ha efectuado este convenio sin contar con actuaciones previas que justifiquen la inmediatez de su proceder, como tampoco se fundamentó la elección de la alternativa seleccionada".

"Se contrató de un modo diseccionadamente discrecional y ello estuvo motivado exclusivamente en la prosecución del interés de beneficiar a la firma, desatendiendo el interés correspondiente al organismo estatal", dice uno de los párrafos del fallo.

Por otra parte la Cámara confirmó la desvinculación de Maharbiz respecto de otros hechos que se investigaron como otorgamientos de beneficios a los directores Pablo y Javier Torre, un crédito otorgado al productor Raúl Rufino de la Torre. Tanto éste último, como Javier y Pablo Torre quedaron sobreseídos.


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