Independiente debe pagarle un millón de pesos a Cascini

Así se desprende de un fallo emitido por un juzgado laboral sobre una deuda originada tras un frustrado pase a Francia

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Un juzgado laboral porteño condenó al Club Atlético Independiente a abonar más de un millón de pesos al futbolista Alfredo Raúl Cascini, quien había demandado a la entidad de Avellaneda tras frustrarse el cobro de su pase al Toulouse de Francia en 2001, por la quiebra de ese club, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional del Trabajo número 73 de Capital Federal, a cargo de Silvia Barrionuevo, quien entendió que Independiente no le podía ceder los derechos de cobro al jugador y desentenderse de la deuda tras la quiebra del club francés, según un fallo al que tuvo acceso Télam.

Asimismo, la jueza estableció para lograr una equidad entre el reclamo de la transferencia, que se pactó en dólares en 2001, cuando la cotización rozaba los 4 pesos, se deberá utilizar la teoría del esfuerzo compartido.

Por lo expuesto, Cascini ahora deberá esperar que se apruebe la liquidación, basada en la teoría del esfuerzo compartido, más los intereses, y que el club deudor no apele la decisión que es de primera instancia, en la que fue representado por los abogados Fernando Burlando y Alberto Coyoupetrou.

En la resolución judicial, la jueza entiende que el jugador tenía derecho a cobrar la deuda en dólares, pero al momento de la demanda la deuda había sido pesificada tras la debacle financiera ocurrida a fines de 2001, luego de la caída de la convertibilidad, por lo que resolvió dividir en partes iguales las pérdidas.

"Resulta innecesario tratar la validez constitucional de las disposiciones (Ley de pesificación) ya que si las mismas exigen casi imperativamente, que los contratantes intenten acordar las obligaciones existentes al momento de la pesificación, es porque, se reconoce en forma implícita pero inequívoca la injusticia derivada de la conmoción suscitada en el país desde fines de 2001", reza el fallo.

Además, en el escrito, la jueza agregó que "implicaría tanto la exigencia de que el deudor abonara una suma que en moneda nacional, rondaría, actualmente, el triple de la (deuda) original, como la de que el acreedor, que trató de garantizar su crédito del mejor modo posible y en el concierto de la legislación vigente, viera retaceado su derecho al ser obligado a recibir, en divisas, menos de un tercio del importe originario".

Previo a la decisión del monto de la deuda, que deberá abonar la entidad de Avellaneda por la falta de cobro de la última cuota que debía pagar el Toulouse de Francia en concepto del pase de Cascini, a ese club francés, la jueza resolvió la cuestión de fondo que era establecer si el futbolista debía reclamar al club dueño del pase, Independiente, que sí cobró su parte, o al club deudor, explicaron las fuentes.

La jueza entendió que era pertinente el reclamo del jugador porque la entidad de Avellaneda no podía deslindar su responsabilidad, ya que en el convenio de venta, Independiente abonaría al futbolista por intermedio del Toulouse, en definitiva el club ahora condenado cedió los derechos de cobro, pero no podía efectuar una delegación de deuda.