
La vicepresidenta Cristina Kirchner no tuvo suerte hace dos años cuando intentó apartarlo en la causa que la tiene sentada en el banquillo por la obra pública que le concedió a Lázaro Báez en Santa Cruz. Pero ahora, en otro caso, fue su ex ministro de Planificación Julio De Vido el que logró expulsar a un perito oficial de la causa conocida como Río Turbio. ¿Por qué? Porque el experto había puesto “me gusta” en Twitter a comentarios contra el Gobierno k.
La decisión fue tomada por la Cámara Federal a través de un fallo firmado en forma unipersonal por el juez Roberto Boico, quien hizo hincapié en la obligación de “objetividad e imparcialidad” de los funcionarios judiciales. Precisamente, el fallo fue dictado el viernes pasado, cuando la vicepresidenta reclamaba la nulidad de la causa Memorándum con Irán -la denuncia que impulsó el fiscal Alberto Nisman-.
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Boico fue abogado de CFK en la causa Memorándum hasta marzo pasado, cuando fue nombrado juez de la Cámara Federal porteña. Pero lo que tenía que analizar ahora era si en el caso Yacimientos Carboníferos de Río Turbio (YCRT) podía seguir interviniendo el perito ingeniero Eloy Pablo Bona.
En 2019 CFK ya había intentado apartarlo en la causa que se sigue en su contra por haber entregado obra pública al empresario Lázaro Báez en Santa Cruz, el único de los juicios que empezó contra la ex presidenta. En ese debate también está acusado De Vido. La defensa de Cristina Kirchner, justamente, no solo sostienen que no existió delito sino que además tiene un reclamo abierto en la Corte Suprema porque afirma que no se peritaron la totalidad de las obras en Santa Cruz.
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En ese juicio, la defensa de CFK no tuvo suerte reclamando el apartamiento de Bona. El TOF 2 afirmó en junio de 2019 que los tuits a los que el experto les puso “me gusta” eran de tono “humorístico” y no constituían efectivamente una ofensa. Twitter “no sólo constituye una fuente de información sino también de esparcimiento, con tintes lúdicos y humorísticos. Precisamente las impresiones que aportó la defensa de Fernández de Kirchner para fundar su reclamo pueden encasillarse en estas últimas, en tanto evidencian un consumo irónico, banal y humorístico de significación política, con las libertades que ello importa”, dijo en aquel momento el tribunal.
Como Bona integra la lista de peritos de la Corte Suprema de Justicia, también actuaba en la causa YCRT, un expediente del que no forma parte la ex jefa de Estado. El juez federal Luis Rodríguez, a cargo de la causa, había rechazado el apartamiento reclamado por las defensas, pero ahora la Cámara Federal, con la firma de Boico, decidió hacer lugar a los planteos de las defensas de De Vido y Baratta.
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Los abogados de De Vido Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro afirmaron que “Bona ha expresado en diversas ocasiones, a través de su cuenta @eloybona correspondiente a la aplicación Twitter, opiniones que evidencian una situación de odio, inquina y animadversión hacia varias personas que integraron el gobierno nacional en el período 2003 a 2015, incluyendo, en particular, a su asistido y una referencia concreta a Yacimientos Carboníferos Río Turbio”.

A su turno, el abogado de Roberto Baratta, Alejandro Rúa, acompañó el planteo: señaló que la conducta como parte de un “consumo irónico, banal y humorístico” no descarta su “significación política”, más allá de la libertad de expresión que pueda tener el perito.
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A su turno, Bona rechazó los cuestionamientos. Explicó que ya no circulaba por Twitter desde julio de 2017, “mucho antes” de ser convocado a este proceso “e, incluso, previo a incorporarse al Cuerpo de Peritos del Poder Judicial de la Nación Especializados en Casos de Corrupción y Delitos contra la Administración Pública -cargo que asumió el 3 de octubre de ese mismo año-”. También dijo que cerró la cuenta de Twitter en agosto de 2019.
Pero además de haber cerrado la cuenta, Bona explicó que no había sido él el que escribió esos comentarios sino que solo simplemente se limitó a “clickear contenidos subidos a la red por otras personas”. Por eso, a su criterio, eso era insuficiente para hablar de un “temor de parcialidad”. Además, mostró el resultado que había obtenido con las presentaciones hechas por la entonces ex presidenta en el juicio por la obra pública: el TOF 2 había rechazado su apartamiento, en un fallo respaldado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
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El juez Boico decidió darle la razón a las defensas. Según el fallo al que accedió Infobae, el perito funciona como un auxiliar de la Justicia y la “imparcialidad de su accionar constituye un presupuesto que también garantizará el debido proceso judicial”

“En este particular escenario estimo que la imparcialidad que exige la Constitución y la ley para todos los peritos, y en especial para el aquí objetado como integrante de la nómina del cuerpo especializado de la Corte Suprema y que actuará en causas criminales, está debidamente cuestionada más allá de las consideraciones genéricas canalizadas bajo la aplicación Twitter, muchas de las cuales refieren a valoraciones políticas que el experto otrora suscribió por vía del botón denominado ‘like’, que no es más que una indicación de preferencia o interés por algún mensaje (tuit) publicado por un tercero y del que existe una apreciación positiva que finalmente la red social se encarga de informar a su autor”, dijo el juez.
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Allí aparece, añadió, un mensaje que “denota un posicionamiento preliminar sobre aspectos de la causa donde ulteriormente resultara desinsaculado”. Se trataba de un ”me gusta” al mensaje que decía “Río Turbio: lanzaron una licitación, dos veces, pero no ganó la empresa que querían y triangularon vía Polonia” del periodista del diario La Nación Hugo Alconada Mon, registrada el 9 de julio de 2017.
“Este particular suceso acaecido en la red social, aún cuando luego fuera eliminado por el experto, comporta un evento significativo para la garantía de imparcialidad que exige la ley, con propósitos de preservar el derecho del imputado a la objetividad de los intervinientes en el proceso, en este caso, referido a un auxiliar de la justicia”, dijo Boico.
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Para el juez, “se exhibe un serio temor de parcialidad, que no es otra cosa que la expectativa que aquí albergan los imputados respecto a la persona del perito que otrora vertiera manifestaciones o preferencias, aún bajo el formato específico de las redes sociales, alusivas a particularidades vinculadas a esta causa y con especial referencia a uno de los imputados”, es decir, De Vido. “Más allá que esa preferencia o manifestación exhibida por el perito no repercuta en su actividad profesional en la causa, la ley sólo exige la concurrencia de la causal para justificar el apartamiento, y que bajo su manifestación empírica concreta pueda emerger ese temor de parcialidad que a la postre corroerá la legitimación constitucional del proceso penal”, agregó.
Boico sostuvo en su resolución que “es el pueblo el que demanda de sus funcionarios judiciales, incluidos sus auxiliares” un comportamiento de “objetividad e imparcialidad” porque “está en juego nada más ni nada menos que la libertad de las personas sometidas a juicio”.
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