BCRP no aumentará tamaño de monedas: No va el escudo alterno ni el lema

Se aprobó en el Congreso la Ley que modifica la norma que obligaba al BCRP a cambiar monedas y billetes. No se espera que el presidente Balcázar la observe

Ahora la potestad para cambiar las monedas y billetes que emite el BCRP quedará con ellos. se ha sugerido que no se cambiará el diseño. - Crédito Andina

Se acaba la controversia del tamaño de las monedas en Perú. El Pleno del Congreso votó en segunda votación sin ningún voto en contra o si quiera abstención por la modificación de la Ley 32251, Ley que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la Patria.

Esta obligaba a que el Banco Central de Reserva usara el Escudo nacional (uno diferente al que actualmente tienen las monedas) y el lema “Firme y feliz por la unión” en el dinero: monedas y billetes de sol.

Como se sabe, los cambios anteriores de la Ley 32251 tenían implicancias para la emisión de monedas y billetes, generando efectos operativos en la circulación del dinero, como la coexistencia de diferentes diseños de monedas y billetes, implicando costos de adaptación de maquinaras de expendio, transporte público y sistemas de pago. Así también, incrementaba los riesgos asociados a la identificación de los elementos de seguridad del dinero, lo que favorecería a la falsificación.

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La moneda de sol no tendría el espacio actual para poner el nuevo escudo, como lo pedía la Ley. Ahora, ya no tendría que hacerlo. - Crédito Infobae Perú/Edwin Montesinos

Monedas y billetes no cambiarán

En Perú circulan alrededor de 5 mil millones de monedas con una vida útil aproximadamente de 30 años, la nueva Ley aprobada señalaba que un cambio tan profundo en el diseño implicaría la coexistencia de dos familias de monedas con características notablemente distintas, lo que podría generar confusión entre la población.

Ahora, modificando el texto de la Ley que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la Patria, el Banco Central de Reserva no tendrá que cambiar las monedas y billetes para comodar el escudo y el lema. Es decir, podría decidir hacerlo, porque ahora la potestad queda en su directorio. Pero dado que antes se han pronunciado en contra del cambio que los obligaba a aumentar el tamaño, la entidad no haría cambios radicales en lo pronto.

Sin embargo, solo el BCRP no tendrá que aplicar esto, las demás instituciones que están obligadas a usarla el escudo y el lema siguen incluidas en la Ley.

Julio Velarde se había pronunciado anteriormente por lo inconveniente de la medida. - Crédito Difusión

¿Qué dirá la Ley ahora?

En su artículo 11 se señala que “el escudo de armas, creado mediante Ley del 25 de febrero de 1825, es la insignia que simboliza a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a la República del Perú”.

Así, este se describe como compuesto por el blasón y el timbre del escudo nacional. Lleva por soportes una rama de palma con dos puntas dobladas a la derecha y una de laurel con ocho bayas rojas a la izquierda, entrelazadas en la parte inferior por una cinta con la secuencia de colores rojo, blanco y rojo.

“El escudo de armas representa la identidad visual de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Se utiliza únicamente en la bandera de guerra, en sus escudos institucionales, en los uniformes y en condecoraciones oficiales. Asimismo, puede ser utilizado por el Banco Central de Reserva del Perú en los billetes y monedas que emite”, señala el texto. Es decir, el BCRP ya no está obligado a usar el escudo. Asimismo, se ha quitado toda alusión al lema.

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