Sedapal permitirá a los usuarios residenciales pagar en cuotas el incremento de las tarifas de agua potable y saneamiento aprobado para 2026, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 002-2026-VIVIENDA publicado en el diario oficial El Peruano.
La medida autoriza a las empresas prestadoras de servicios (EPS) a fraccionar el cobro de los nuevos importes tarifarios, extendiendo el plazo de pago hasta diciembre de 2027.
El objetivo es que las familias puedan afrontar el impacto del ajuste tarifario derivado del proceso de rebalanceo realizado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
Fraccionamiento excepcional tras el rebalanceo tarifario
La disposición responde al rebalanceo tarifario concluido por Sunass en diciembre de 2025, que determinó incrementos inmediatos en las tarifas de agua de varias EPS.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) reconoció que este ajuste puede dificultar el cumplimiento de pago entre los usuarios residenciales, por lo que se optó por implementar un esquema que permita el pago en cuotas, sin comprometer la sostenibilidad de las empresas.
El fraccionamiento se aplicará exclusivamente sobre los incrementos correspondientes al primer semestre de 2026. Los usuarios residenciales podrán acogerse al pago en cuotas o abonar el monto total de manera inmediata, si así lo solicitan. Las EPS deberán informar mensualmente a Sunass sobre la cantidad de usuarios beneficiados y el avance del proceso.
¿Quiénes pueden acceder a la facilidad de pago?
La facilidad de pago está disponible únicamente para los usuarios residenciales. Quienes pertenezcan a la categoría no residencial podrán solicitar facilidades bajo las reglas ya establecidas en la normativa sectorial.
El Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento será aplicable de manera supletoria, siempre que no contradiga la nueva disposición.
Sustento legal y contexto normativo
El Ministerio de Vivienda fundamentó la norma en la Ley N° 30156 y el Decreto Legislativo N° 1280, que regulan la gestión de los servicios de agua potable y saneamiento.
El rebalanceo tarifario es un procedimiento legal que busca equiparar ingresos y costos en las EPS, permitiendo inversiones y mejoras en el servicio. Este proceso es revisado periódicamente por Sunass para asegurar la sostenibilidad y calidad del sistema.
La medida fue sustentada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. El fraccionamiento no significa una reducción o eliminación del incremento tarifario, sino que otorga mayor plazo para cumplir con el pago, evitando el riesgo de morosidad y corte de servicio.
Supervisión y vigencia
Las empresas prestadoras deberán informar mensualmente a Sunass sobre la implementación y resultados del fraccionamiento, así como sobre las solicitudes de inaplicación.
La facilidad de pago estará vigente hasta diciembre de 2027 y solo aplica a los incrementos derivados del rebalanceo tarifario del primer semestre de 2026.
El Decreto Supremo N° 002-2026-VIVIENDA fue refrendado por el presidente del Consejo de Ministros y el ministro de Vivienda. Según el citado ministerio, la norma no genera nuevos costos regulatorios ni limita derechos de los usuarios.
Con esta decisión, el Estado busca equilibrar la sostenibilidad financiera de las EPS y la capacidad de pago de los hogares frente a los nuevos ajustes tarifarios.