
En el fallo absolutorio del caso Sánchez Paredes, uno de los procesos más emblemáticos sobre lavado de activos en el Perú, la sala judicial optó por recurrir a la literatura universal para subrayar los principios que deben regir la administración de justicia. En una decisión poco habitual en el ámbito penal, los jueces citaron un pasaje de “Crimen y castigo”, de Fiódor Dostoyevski.
El tribunal, tras seis años de proceso y una extensa recopilación de documentación, concluyó que los informes de la DEA y los atestados policiales aportados por la fiscalía no reunían la solidez necesaria para fundamentar una condena. La sala recordó que, conforme al Decreto Legislativo 1141, los informes de origen externo —como los de la agencia antidrogas estadounidense— no tienen valor probatorio en el sistema judicial peruano. Así, la cita de Dostoyevski fue utilizada para graficar la diferencia entre la sospecha sin corroboración y la prueba consistente que exige la ley.
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A lo largo de la sentencia, el tribunal analizó uno a uno los elementos presentados por el Ministerio Público, desde registros de armas (todas con licencia) hasta informes sobre insumos químicos (fiscalizados previamente y sin irregularidades comprobadas). Consideró que ninguno de estos documentos se identificó información capaz de vincular fehacientemente a los acusados con actividades de narcotráfico. En palabras de los jueces: “Estos documentos en conjunto no aportan ningún elemento de juicio pertinente para relacionarlo con el tráfico de drogas”. Es ahí donde mencionaron: “Así como cien conejos no hacen un caballo, cien presunciones no constituyen una prueba”.

La cita a Dostoyevski habría sido con la intención de destacar que la justicia no puede basarse en la acumulación de indicios débiles ni en la intuición del juzgador, sino en hechos comprobables. El pasaje original de “Crimen y castigo”, pronunciado por el personaje del juez de instrucción Porfiri Petróvich, advierte sobre el riesgo de confundir la acumulación de sospechas con la existencia de una prueba real: “Todos estos hechos se acumulan, mi querido Rodion Romanovitch. En estas condiciones, ¿cómo no adoptar una posición determinada? ‘Así como cien conejos no hacen un caballo, cien presunciones no constituyen una prueba’, dice el proverbio inglés”.
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En esa línea, los magistrados resaltaron que los reportes y testimonios recogidos por la fiscalía se trataban más de “sospechas o intuiciones” que de pruebas objetivamente sustentadas. Por ejemplo, un informe de la DEA que aludía a envíos de droga desde pistas clandestinas en los años setenta se basaba en referencias indirectas, sin acreditación directa. Otro atestado policial vinculaba a un miembro de la familia con una identidad falsa, pero en el juicio se estableció que dicha persona existía y no era una identidad ficticia asignada. Los fallos sobre incautaciones de insumos o armas perdieron peso tras verificarse que contaban con certificados y permisos en regla.
Fiscalía presentó pruebas, pero el PJ no las tomó en cuenta
Cabe mencionar que la sentencia ha sido ampliamente cuestionada por diferentes especialistas por el sentido de la resolución, en la que se precisaba que “la hipótesis de origen ilícito no ha sido probada”. Un informe de Ojo Público detalló una serie de documentos presentados por la Fiscalía de la Nación que fueron corroborados por la Procuraduría y que, aun así, no fueron valorados por el tribunal del PJ.
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