Congreso aprueba que los serenos usen pistolas eléctricas y los exime de responsabilidad penal si provocan lesiones o muertes

Pleno respaldó ampliamente iniciativa para incluir las armas de electrochoque como medio de defensa de los efectivos de Serenazgo . Algunos parlamentarios advirtieron que se podrían cometer abusos y que se trataría de una ley de “gatillo fácil”

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A partir de la promulgación de la norma en El Peruano, las municipalidades podrán proveer de pistolas eléctricas a los serenos. Foto: Municipalidad de Santiago de Surco

El Pleno del Congreso aprobó el dictamen de ley para que los serenos municipales usen pistolas eléctricas como medio de defensa en el ejercicio de sus funciones y estén exentos de responsabilidad penal si es que, al hacer uso de estas armas, provoquen lesiones o muertes. La propuesta fue respaldada en primera votación por 88 congresistas, mientras que 6 votaron en contra. Con una votación similar se exoneró de segunda votación.

El dictamen está expedito para ser enviado a la Presidencia de la República a fin de que, en un plazo máximo de 15 días hábiles, sea promulgada en El Peruano o, de ser el caso, sea observada y devuelta al Parlamento.

Dictamen aprobado por el Congreso para que serenos usen pistolas eléctricas.

El dictamen contiene una disposición complementaria que establece que los serenos que hagan uso de pistolas eléctricas o de electrochoque pasen previamente por un programa de capacitación, que incluye “entrenamientos en campo, polígonos de tiro y simuladores”.

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Una segunda disposición complementaria decreta el Ministerio del Interior deberá evaluar si para el uso de este tipo de armas el sereno debe portar obligatoriamente una camara de video corporal.

La última disposición complementaria establece la exención de responsabilidad penal por causal de “legítima defensa”. Así, en el escenario de que un miembro del Serenazgo Municipal provoque lesiones o la propia muerte al emplear la pistola eléctrica u otro medio de defensa (bastones tonfa o gas pimienta) “en forma reglamentaria”, este no podrá ser procesado penalmente por algún delito contra la vida, el cuerpo y la salud.

Si se promulga la norma, las municipalidades podrán entregar pistolas eléctricas a los serenos.

Posturas en el Pleno

El congresista Guido Bellido (Podemos Perú) advirtió que proveer a los serenos con pistolas eléctricas “podría provocar alguna afectación”. Ello debido a los numerosos casos en los que serenos agreden a ambulantes. En tanto, el parlamentario José Williams (Avanza País) sostuvo que el sereno “debe tener la posibilidad y capacidad de reducir e inmovilizar al delincuente”, aunque remarcó que “es necesario que estén entrenados”.

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La congresista Sigrid Bazán indicó que “no le parecía un mal proyecto”, pero destacó que la Municipalidad de Lima, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud se mostraron en contra. Advirtió que el dictamen aprobado en Comisión no “protege” al sereno ante situaciones en los que pueda provocar algún daño cuando haga uso de su pistola eléctrica, por lo que planteó una cuestión previa para que regrese a comisión. Esta fue rechazada, pero su observación fue recogida en el texto sustitutorio final aprobado.

A su turno, el legislador Guillermo Bermejo recordó que, “así como lamentablemente existen abusos de la Policía, existen muchos abusos también del Serenazgo”. “Estamos abriendo una ventana más a creer que las leyes de gatillo fácil son las que necesita el país”, alertó.

La fujimorista Patricia Juárez también formuló observaciones a la propuesta. “¿Luego qué más le vamos a dar a los serenos? De repente pistolas, ametralladoras y luego cañones”, ironizó. Pidió “mesura” y recordó al Pleno que recientemente se promulgó una norma que establece que para ser sereno municipal no se requiere haber terminado la escuela secundaria. “Creo que lo tenemos que hacer si se llega a aprobar esta norma es exhortar a los alcaldes a que entreguen este tipo de armas a quienes realmente puedan usarlo con mesura y racionalidad”, apuntó.

¿Cuáles son los requisitos para ser sereno?

La Ley 32292 actualizó los requisitos para ser admitido como miembro del Serenazgo Municipal. Estos son:

  • Los serenos deben tener DNI o documento válido, ser mayores de 18 años, no tener antecedentes penales ni judiciales, ni estar en registros de sanciones o deudas (como Redam o Redereci).
  • Se requiere haber terminado la secundaria (preferente, no obligatorio), no tener sentencias por delitos dolosos y aprobar un concurso público con evaluaciones físicas, psicológicas y de primeros auxilios.
  • Si el servicio lo requiere, deben contar con licencia de conducir.

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