Miembros de JNJ piden que el TC pida opinión técnica a magistrados de Europa antes de resolver demanda competencial del Congreso

Magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) solicitaron que los tribunos primero consulten a la Comisión de Venecia, antes de decidir si Aldo Vásquez e Inés Tello quedarán fuera de la entidad que nombra jueces y fiscales.

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Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre sentencia relacionada a competencias del Poder Legislativo y Judicial. | TC

Seis de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) solicitaron al Tribunal Constitucional (TC) peruano que soliciten una opinión técnica a la Comisión de Venecia, sobre la demanda competencial que el Congreso presentó con el objetivo de oficializar la expulsión de Aldo Vásquez e Inés Tello.

Como se sabe, en principio ambos magistrados fueron destituidos de sus cargos en la JNJ por votación mayoritaria del Parlamento, pero una sentencia del Poder Judicial hizo que retornaran a sus puestos. Para que esta decisión quede sin efecto, el Parlamento presentó una demanda competencial que el Tribunal Constitucional tiene pendiente resolver.

Cabe resaltar que la petición la realizaron Antonio de la Haza, Aldo Vásquez, Inés Tello, Imelda Tumialán, María Zavala y Guillermo Thornberry. El único miembro de la JNJ que no figura en el documento al que tuvo acceso Infobae Perú es Marco Falconi.

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Ellos exigen al Tribunal Constitucional que, como consecuencia de la solicitud de la evaluación técnica, la vista de la causa de la demanda competencial ya no sea el miércoles 10 de julio.

“(...) y, consecuentemente, se disponga el aplazamiento de la vista de la causa prevista para el próximo 10 de julio, hasta la remisión de dicha opinión. Ello es posible en el marco establecido en el artículo 2 apartado 3 del Estatuto de dicha Comisión, que habilita a la entidad del estado peruano, que ejerce representación ante la misma, a requerir este tipo de opiniones no vinculantes”, se lee en el documento.

Los seis miembros de la JNJ mencionados explicaron que piden que se recoja la opinión técnica de expertos porque, desde su perspectiva, la demanda competencial del Congreso busca desconocer las funciones que la Constitución le otorga al Poder Judicial.

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La Procuraduría del Parlamento busca que quede sin efecto la sentencia que ordenó que los magistrados retornen a la Junta Nacional de Justicia, entidad encargada de nombrar jueces y fiscales en el Perú. (Canal N)

También detallaron las dudas que buscan que el TC plantee a la Comisión de Venecia. La primera pregunta que plantearon es si un TC puede dejar sin efecto sentencias del Poder Judicial, que protegen derechos fundamentales de terceras personas.

La segunda consulta que plantearon es si, en otros países, algún Tribunal Constitucional que haya evaluado una demanda competencial ha dejado sin efecto una medida cautelar de protección de derechos fundamentales.

Preguntas que la JNJ pidió que el Tribunal Constitucional peruano realice a Comisión de Venecia antes de resolver demanda competencial del Congreso.

Los magistrados redactaron otras cuatro dudas que sugirieron al TC que presenten ante la Comisión de Venecia.

“Las inquietudes indicadas revisten la mayor importancia, dado que en los últimos meses se ha venido usando el recurso a la demanda competencial para procurar evadir investigaciones en trámite ante el Ministerio Público, acciones de amparo ante el Poder Judicial o procesos disciplinarios ante la JNJ”, explicaron.

La noche del martes 9 de julio, el medio digital Epicentro.tv publicó una resolución del Tribunal Constitucional, con la que autorizaron la participación del magistrado Aldo Vásquez en la audiencia que resolverá la demanda competencial del Congreso.

Resolución del TC sobre petición de Aldo Vásquez para participar en audiencia sobre demanda competencial presentada por el Congreso.

Aclararon que Vásquez no podrá realizar determinadas acciones durante la audiencia. Pero sí tendrá permiso de participar para dar sus interpretaciones.

“De esta manera, si bien el solicitante no se encuentra legitimado para interponer reposiciones, ni plantear nulidades o excepciones, o pedidos de abstención de magistrados, por cuanto no tiene la calidad de parte en el proceso, sí podrá presentar escritos con el objeto de aportar sentidos interpretativos relevantes, y también podrá solicitar informar oralmente en la respectiva audiencia pública (...)”, se lee en el punto 6.

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