Retiro AFP hasta 95.5%: Congresista de APP propone desembolso de fondos para pacientes con cáncer

La ley actual indica que solo los afiliados diagnosticados con una enfermedad terminal, que no tienen beneficiarios de pensión de sobrevivencia, pueden solicitar la devolución de hasta el 50% de su saldo

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Propuesta permite solventar los gastos de esta costosa enfermedad. (Foto: Composición Infobae)

El congresista Manuel García Correa, del partido Alianza para el Progreso (APP), ha presentado un proyecto de ley que permitiría a los pacientes diagnosticados con cáncer en estadio II o superior retirar fondos de su cuenta de AFP para cubrir sus tratamientos médicos.

Según el proyecto, los afiliados podrán solicitar la devolución de hasta el 95.5% de sus aportes acumulados, incluyendo la rentabilidad generada, sin importar si tienen o no beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

El dictamen también propone que los afiliados que deseen acceder a este retiro deberán presentar su solicitud de manera remota, virtual o presencial. La solicitud debe estar acompañada por un informe médico certificado por un especialista del Ministerio de Salud o del Seguro Social de Salud, que acredite el diagnóstico de cáncer en estadio II o superior.

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Tal como detalló la agencia Andina, una vez ingresada la solicitud, el Comité Médico de la Superintendencia dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles para verificar la validez del informe médico. “El Comité Médico tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para validar el informe”, precisa la propuesta.

El monto sería depositado de manera inmediata

Propuesta permite solventar los gastos de esta costosa enfermedad.

El monto solicitado será abonado de manera inmediata en el siguiente día hábil tras la validación del informe médico, sin que se requiera cumplir con ningún otro requisito adicional. La iniciativa también establece que los fondos retirados serán intangibles, es decir, estarán exentos de embargo, retención, compensación legal o cualquier otra forma de afectación. La iniciativa destaca que los fondos retirados serán exentos de cualquier embargo.

Actualmente, según el artículo 42-A del texto único ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, solo los afiliados diagnosticados con una enfermedad terminal o cáncer, que no tienen beneficiarios de pensión de sobrevivencia, pueden solicitar la devolución de hasta el 50% de su saldo, incluyendo la rentabilidad generada.

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Además de la presentación de la solicitud, el informe médico deberá ser validado por el Comité Médico de la Superintendencia en un plazo máximo de cinco días hábiles. Este proceso busca asegurar que los diagnósticos sean verificados adecuadamente, garantizando así la legitimidad del retiro de fondos para los afiliados que verdaderamente necesitan cubrir los costos de su tratamiento oncológico.

Propuesta permite solventar los gastos de esta costosa enfermedad.

Al completar este proceso de validación, los fondos serán transferidos al afiliado sin requerir ningún otro trámite adicional a partir del siguiente día hábil. El congresista García Correa ha expresado que esta medida es necesaria para aliviar la carga financiera de los pacientes con cáncer y sus familias, quienes frecuentemente enfrentan dificultades económicas debido a los altos costos asociados con tratamientos oncológicos.

El tratamiento del cáncer es costoso

De otro lado, el congrsista García fundamentó su propuesta en que una de las principales causas de muerte de pacientes con cáncer es la falta de un buen tratamiento a lo largo del tiempo, dado que se trata de una enfermedad larga y costosa, que demanda importantes cantidades de dinero.

En esa línea, precisó que si bien se puede retirar el 50% de sus fondos en casos de cáncer, el monto “resulta insuficientes teniendo en cuenta el elevado costo que conlleva el tratamiento de cáncer en un paciente (108 mil soles en promedio)”.

“Teniendo en cuenta lo costoso que es el tratamiento de una enfermedad como el cáncer, el tiempo de tratamiento, el elevado precio de los medicamentos, y de ser la principal causa de muerte en el Perú, lo óptimo sería facultar el retiro de hasta el 95.5% de su cuenta de capitalización individual en el fondo de pensiones”, señala el proyecto de Ley.

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