TC declaró improcedente medida cautelar de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, para suspender investigaciones de la JNJ

Infobae Perú accedió al fallo del Tribunal Constitucional que consideró que la Junta Nacional de Justicia no trasgredió las competencias del Ministerio Público al abrirle indagaciones a la exfiscal de la Nación por faltas disciplinarias durante su gestión.

TC rechazó la medida cautelar de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, que buscaba suspender las investigaciones de la Junta Nacional de Justicia. Foto: composición Infobae

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió por unanimidad declarar la improcedencia de la medida cautelar presentada por la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para suspender las investigaciones disciplinarias que se le abrió durante su controversial gestión al frente del Ministerio Público.

Según el documento, al que Infobae Perú tuvo acceso, los siete magistrados del TC ―Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Dominguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez― votaron por no aceptar el recurso que Benavides interpuso el 1 de setiembre del año pasado.

Solo quedaría pendiente de conocerse el fallo de la demanda competencial que la exfiscal de la Nación planteó contra la JNJ. El 22 de enero hubo una audiencia en el TC en las que las partes involucradas volvieron a sustentar sus argumentos ante el tribuno Pedro Hernández, quien fue el último en integrarse tras ser elegido por el Congreso de la República.

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Sin embargo, los argumentos plasmados en la resolución del Tribunal Constitucional que rechaza la medida cautelar de Benavides no sorprendería que se repitan en la demanda competencial.

TC declaró infundada la medida cautelar de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.

No hubo exceso de competencias

Los magistrados del TC desestimaron la medida cautelar de Patricia Benavides porque no cumplió con dos aspectos escenciales que permitiera que proceda: la verosimilitud o apariencia de la afectación competencial y el peligro en la demora.

Con relación al primer punto, concluyeron que los miembros de la JNJ no excedieron en sus facultades constitucionales y legales, ni tampoco del Ministerio Público, al abrirle indagaciones preliminares a la exfiscal de la Nación por los cambios que hizo en el equipo especial del caso ‘Cuellos Blancos’, en disponer las separaciones de la exfiscal Bersabeth Revilla, quien investigaba a su hermana, la jueza Enma Benavides, por presuntamente recibir sobornos de narcotraficantes, y del exfiscal supremo Víctor Cubas Villanueva.

De igual manera, por interferir en la tramitación del caso Sánchez Paredes al retirar al fiscal Frank Almanza para ascenderlo a fiscal superior y colocarlo en la Fiscalía Superior Penal da la Primara Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, y favorecer a Miguel Vegas Vaccaro al nombrarlo como fiscal supremo provisional en el despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.

TC determinó que la JNJ no se excedió en sus facultades ni del Ministerio Público al iniciar investigaciones a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.

Por el contrario, el Tribunal Constitucional recalca que la JNJ especificó en sus resoluciones de inicio de investigaciones por cada caso mencionado las presuntas infracciones cometidas por Patricia Benavides en el marco de la Ley de la Carrera Fiscal.

En el fallo se da cuenta también que la Fiscalía argumentó que se declaró infundada la solicitud de abstención por decoro de la consejera de la JNJ, Inés Tello, al presuntamente filtrar información al portal IDL Reporteros, y por el comunicado emitido por la institución a la que pertenece en defensa del actual proceso disciplinario contra la extitular del Ministerio Público. En este aspecto, consideraron que hubo una “falta de imparcialidad” y “adelanto de opinión” en el caso de Benavides.

No obstante, los magistrados del TC mencionaron que “no se advierte en qué medida la no suspensión cautelar de las resoluciones cuestionadas, por razones de orden estrictamente competencial, pueda generar efectos perjudiciales irreversibles o conllevar a un estado de cosas que afecte las competencias del Ministerio Público de manera permanente”.

TC señaló que debe resolverse oportunamente los señalamientos de Patricia Benavides contra la JNJ de presunto adelanto de opinión en su caso.

Finalmente, el TC enfatiza que “debe pues,resolverse, oportunamente, la legitimidad del ejercicio de las competencias de la JNJ y la concreta afectación de las atribuciones que corresponden al Ministerio Público”.

Seguirá suspendida sea cual sea fallo

El magistrado del TC, Gustavo Gutiérrez Ticse, mencionó en entrevista con RPP Noticias que la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, seguirá suspendida independientemente del fallo que saque su institución en el proceso competencial que interpuso contra la Junta Nacional de Justicia.

“El contencioso (competencial) que hay en el Tribunal con la fiscal Patricia Benavides y la Junta Nacional de Justicia no tiene nada que ver con la suspensión que ella tiene. Que se pronuncie el magistrado (Pedro) Hernández (a favor o en contra) o el Tribunal resuelva no va a incidir en la suspensión de la fiscal de la Nación. No tiene absolutamente nada que ver con ese tema”, declaró.

El magistrado, incluso, precisó de manera explícita que, aunque el TC falle a favor de Patricia Benavides, ella no podrá reincorporarse a la Fiscalía por la medida cautelar de suspensión en su contra.

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