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Vicepresidente de la JNJ: “Ese proceso que se ha seguido en el Congreso es ilegal e inconstitucional”

El consejero Aldo Vásquez, vicepresidente de la JNJ, criticó las modificaciones al informe final, la ampliación de los plazos y el cambio en las imputaciones por supuesta falta grave

Vicepresidente de la JNJ advierte que no existe una definición de causa grave | RPP

El vicepresidente de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el consejero Aldo Vásquez, calificó de “ilegal e inconstitucional” el proceso que ha seguido la Comisión de Justicia del Congreso en la “investigación sumaria” por supuesta falta grave.

En entrevista con RPP Noticias, Vásquez cuestionó que el primer informe final haya sido modificado en su totalidad y que el grupo de trabajo haya aprobado un documento, con conclusiones totalmente contrarias al primero, con “cargo a redacción”.

“No queda claro cuántos informes hay. Hubo un primer informe, que fue el informe técnico elaborado bajo la conducción de la presidencia de la comisión. Ese informe, como es público, exoneraba de toda responsabilidad a los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Luego, hubo una votación en mayoría, pero que no se refería a un informe en concreto, sino a uno que se tenía que redactar”, declaró.

En ese sentido, el vicepresidente de la JNJ criticó que en el nuevo informe final se consigne 3 supuestas faltas graves cuando los parlamentarios de Fuerza Popular, Perú Libre, Alianza para el Progreso, Avanza País y Renovación Popular votaron únicamente por dos.

Los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia, quienes nombran a jueces y fiscales, podrían ser destituidos por el Congreso de la República. (El Peruano)

No hay definición de causa grave

En otro punto, el consejero Aldo Vásquez reconoció que el Congreso tiene la facultad de remover a los miembros de la JNJ, pero reiteró que el requisito para que este proceda, la causa grave, no está definido.

“Si bien es cierto que el artículo 157 de la Constitución que se ha esgrimido durante todo este debate señala la potestad del Congreso de remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia pone una condición y esa es la causa grave. Pero el problema es que no está definido en normal alguna qué es la causa grave. La propia Constitución señala con claridad que nadie puede ser sancionado por una falta que no es debidamente tipificada al momento de su ocurrencia, cosa que no sucede en las faltas que nos imputan”, apuntó Vásquez.

Puso como ejemplo el caso del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura, cuya ley orgánica sí precisabas las acciones que calificaban como causa grave.

Luego de la remoción del consejero Efraín Anaya por haber mantenido una reunión con el entonces fiscal Tomás Gálvez en medio del concurso para fiscales supremos, el Congreso dictó la Ley 29521:

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