Polémica por nuevo control de identidad policial: cuáles son los principales cambios y por qué la cuestionan

El gobierno oficializó la aprobación de un decreto legislativo que modifica el nuevo Código Procesal Penal y establece nuevos plazos de ‘retención’ para peruanos y extranjeros.

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La imagen muestra a un oficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) realizando una intervención de control de identidad a una ciudadano, en un concurrido paradero de la zona este de Lima. (Municipalidad de Surco)
La imagen muestra a un oficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) realizando una intervención de control de identidad a una ciudadano, en un concurrido paradero de la zona este de Lima. (Municipalidad de Surco)

La reciente aprobación de un decreto legislativo, que modifica el nuevo Código Procesal Penal, respecto a la regulación del control de identidad policial a nivel nacional, viene generando polémica. Según expertos, la actual norma abre la puerta a ‘la discriminación’, ‘el abuso’ y las ‘intervenciones forzosas’. Para el gobierno de Dina Boluarte esto no es cierto. En medio está la ciudadanía que mira con desconfianza.

De acuerdo al documento del decreto, oficializado el jueves 5 de octubre con su publicación en el Diario Oficial El Peruano, si el ciudadano intervenido no tiene documento de identidad, dependiendo de la gravedad del hecho investigado o del ámbito de la operación, el efectivo de la PNP podrá trasladarlo hasta la dependencia policial más cercana para fines de identificación, toma de huellas dactilares y constatación de requisitoria.

En la posición de algunos expertos, en este punto es que viene lo posiblemente ‘abusivo’ y ‘arbitrario’, pues al intervenido peruano se le podrá ‘retener’ hasta por cuatro horas y luego recién se le permitirá retirarse. El detalle discriminativo, para los mismos especialistas, es que si el retenido es extranjero podrá estar en la dependencia policial hasta por 12 horas. Además, se tiene antedecentes en su país de origen o en cualquie otro se notificará a Migraciones.

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“La Policía puede deternerte hasta 4 horas si eres peruano y, ahora, hasta 12 horas en el caso de extranjeros. Te pueden tomar, incluso por la fuerza, fotos, huellas digitales y otras mediciones biométricas”, advirtió el abogado penalista Carlos Caro.

Para el letrado, con la aprobación de la norma se está facultando a cualquier efectivo a realizar controles ‘por sospecha’. “Cuando el policía quiere y sin control de un superior u otra autoridad, un gran espacio para el abuso y discriminación policial y sean 4 o 12 horas, es una detención policial, llamarla ‘retención’ es un eufemismo para evitar el control judicial o cualquier otro”, acotó Caro.

“¡El Perú no vive en democracia!”

Gerardo Távara Castillo, ex secretario general de la Asociación Civil Transparencia, se mostró en la misma línea y aseguró que ahora, con la modificación del nuevo Codigo Procesal Penal, si te encuentran sin documento de identidad podrás ser ‘detenido’.

Decreto legislativo que aparece en el diario oficial El Peruano.
Decreto legislativo que aparece en el diario oficial El Peruano.

“¡Increíble! A partir de ahora, si la policía te encuentra sin DNI te llevará detenido. Cualquier policía podrá pedirte el documento en cualquier momento, en cualquier lugar, sin orden fiscal o judicial y sin justificar por qué lo hace. ¡El Perú no vive en democracia!”, señaló.

El abogado Carlos Rivera, defensor de los derechos humanos en el Perú, también lamentó la aprobación de la norma. “Este decreto legislativo sobre control de identidad policial contiene disposiciones con rasgos discriminatorios por la nacionalidad de las personas intervenidas, porque establece procedimientos diferentes para nacionales y extranjeros”, dijo.

“Ya existía la retención de cuatro horas”

Para el abogado Stefano Miranda, experto en temas policiales, la retención de cuatro horas ‘ya existía’ y ‘no es novedosa’. Aclaró que solo se ha modificado el tiempo para los ciudadanos extranjeros que ahora pasó a ser de hasta 12 horas.

“Es necesario la extención del tiempo, porque para identificar a un extranjero era difícil por tema de migraciones. Había que ver si estaba con alerta roja o tenía antecedentes, llamar a la embajada. Entonces, el plazo de cuatro horas que tenía la policía era insuficiente”, indicó.
Desde el Ministerio del Interior (Mininter) explicaron los detalles de uno de los decretos legislativos aprobados recientemente desde el Ejecutivo. (Andina)
Desde el Ministerio del Interior (Mininter) explicaron los detalles de uno de los decretos legislativos aprobados recientemente desde el Ejecutivo. (Andina)

Giovanna Vélez, asesora del despacho del Ministerio del Interior, aseguró que está medida está orientada para extranjeros en el país y descartó que se vaya a afectar los derechos de los residentes.

“En el caso de todos por igual son las cuatro horas como un plazo ordinario. El extraordinario es que se puede ampliar hasta las 12 horas para los extranjeros para estas dificultades que tienen para su identificación plena. No es una discriminación... Si se logra identificar a una persona en menos de cuatro horas, se va a ir”, explicó.

Agregó que durante estas eventuales retenciones se priorizará la comunicación con las oficinas consulares, el Ministerio Público y Migración con el objetivo de “resguardar los derechos de los extranjeros”.