“Porque vivos se los llevaron, ¡vivos los queremos!”: es una de las consignas que pronuncian las familias y colectivos buscadores de personas desaparecidas en México; sin embargo, de acuerdo con Santiago Corcuera Cabezut, profesor de la Universidad Iberoamericana (Ibero), es una expresión que también refleja la situación emocional y jurídica que enfrentan las víctimas indirectas de la desaparición.
Corcura Cabezut relató para el medio universitario que, cuando una persona desaparece, las familias se enfrentan a la incertidumbre de no saber en dónde están sus seres queridos y –en algunos casos– a la presión de asumir la muerte de estos, sin evidencias sólidas. De acuerdo con el especialista, instar a los hogares afectados transgrede su derecho a la presunción de vida, un principio fundamental ante el desconocimiento de su paradero.
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La revictimización psicológica y el peso de la incertidumbre
Corcuera documentó que algunos profesionales de la salud mental encargados de dar acompañamiento a las familias de personas desaparecidas sugieren resignarse ante la fatalidad. El especialista cuestiona severamente esta recomendación, señalando que una muerte no verificada vulnera el estado emocional de los afectados; desconocer el destino o las circunstancias de la persona desaparecida representa una tortura psicológica que se prolonga día a día.
El académico recordó que en su ensayo “Porque vivos se los llevaron, ¡vivos los queremos!”, una madre buscadora describió como una “dicha” el hallazgo de los restos de su hijo. Aunque parezca contradictorio vincular el alivio con una pérdida confirmada, Corcuera afirma que esta reacción surge de la paz que supone concluir la zozobra perpetua. Tener evidencia del final posibilita realizar ritos fúnebres, cerrando un ciclo de tormento.
Sin embargo, obtener esta dolorosa certeza no omite la exigencia de justicia ni el reclamo de reparación de daño.
Alternativas legales y el respeto a la esperanza
Además de los estragos emocionales, la ausencia de una persona sume a los círculos cercanos en un complicado laberinto patrimonial. Corcuera señala que las familias suelen encontrar barreras burocráticas al gestionar bienes de la persona desaparecida. Antes, la única vía para destrabar estos trámites era solicitar una declaratoria de muerte presunta, un procedimiento revictimizante que obligaba a los hogares a aceptar judicialmente una defunción indemostrable, contradiciendo su lucha por hallarlos con vida.
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Para remediar esto, el catedrático resalta la “declaración especial de ausencia por desaparición”. Este mecanismo resulta vital porque resuelve conflictos financieros sin forzar a los allegados a dar por muerto a su familiar, protegiendo su patrimonio y su esperanza.
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