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Regulación de audiencias en México: 6 claves sobre la nueva ley de medios que abre debate entre protección y censura

El anteproyecto de lineamientos para proteger derechos de audiencias obliga a los medios electrónicos a distinguir noticias de opiniones, designar defensores y publicar códigos de ética

El Gobierno de México ejerce supervisión sobre los medios de comunicación, representado por una mano que sostiene una lupa sobre una radio y un televisor, con normativas de la CRT visibles en un documento. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno de México abrió una consulta pública para definir los lineamientos que regularán los contenidos de radio y televisión, una propuesta que ha encendido el debate entre autoridades, concesionarios y organizaciones de defensa de la libertad de expresión. El proyecto obligaría a los medios electrónicos a distinguir entre noticias, opiniones y publicidad, designar un defensor de las audiencias y adoptar un código de ética, además de prever multas para quienes incumplan las nuevas reglas.

El anteproyecto se publica en un momento en que las agresiones contra la prensa en México registran cifras récord. El informe “Estructuras del silencio” de Artículo 19, publicado en mayo de 2026, documentó 451 agresiones contra periodistas durante 2025, una cada 19 horas. Los casos de abuso del poder público pasaron de 114 en 2024 a 153 en 2025, un alza de 7.3%, y en el 73.9% de esos procesos quien los promovió fue un funcionario público o candidato de partido.

Es en ese escenario donde el gobierno de Claudia Sheinbaum presenta una regulación que, según sus promotores, busca proteger a las audiencias, pero que para sus críticos abre la puerta a que el Estado decida qué se puede y qué no se puede decir en radio y televisión. Estas son las seis claves para entender el debate.

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1. Una batalla de décadas

Esta ilustración de acuarela denuncia la censura periodística al mostrar manos atadas a un teclado con un cable Ethernet, mientras un periódico clama por "Libertad de Expresión" en letras rojas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los derechos de las audiencias no son una invención del gobierno de Claudia Sheinbaum. Su historia en México arranca en 2013, cuando se incorporaron al artículo 6 de la Constitución como garantía para quienes reciben contenidos de radio y televisión. Un año después, en 2014, la Ley Federal de Telecomunicaciones los desarrolló con mayor precisión.

En 2017, una contrarreforma impulsada por el PAN los eliminó de la legislación secundaria. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró en 2022 que esa contrarreforma era inconstitucional y representaba un retroceso. Fue hasta julio de 2025 que el Congreso aprobó una nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que los recuperó y los amplió.

Esa ley ordenó a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) emitir lineamientos para hacer exigibles esos derechos. La CRT sustituyó al Instituto Federal de Telecomunicaciones, que era un órgano autónomo constitucional cuyas decisiones no dependían del Ejecutivo. A diferencia del IFT, la CRT está adscrita a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, que depende del gobierno federal.

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Es ese organismo el que elaboró los lineamientos, el que recibirá las observaciones de la consulta y el que, en última instancia, podrá sancionar a los medios que no cumplan.

El anteproyecto fue publicado el 24 de julio y la consejera jurídica de la Presidencia Luisa María Alcalde lo presentó en la conferencia mañanera del 28 de julio.

2. Qué le exige concretamente la regulación a radio y televisión

Una persona sentada en un sillón mira la televisión que proyecta luz multicolor e ilumina la escena oscura. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los lineamientos aplican a concesionarios de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga, y empresas programadoras, tanto comerciales como públicas y sociales. La prensa escrita, los portales digitales y las redes sociales quedan fuera, por ahora.

Las obligaciones son concretas. Cada medio debe publicar un código de ética que incluya sus criterios editoriales, los mecanismos para designar a su defensor de audiencias y el procedimiento para recibir quejas.

Debe nombrar al menos una persona defensora de las audiencias, que actúe con imparcialidad e independencia y sin conflictos de interés. En el caso de radios y televisoras comunitarias, indígenas o afromexicanas, esa persona debe provenir de la misma comunidad.

Los medios también deben distinguir con claridad —mediante plecas, cortinillas o mensajes en pantalla— cuándo transmiten una noticia, cuándo una opinión y cuándo publicidad.

Deben garantizar el derecho de réplica cuando alguien considere que se difundió información falsa o inexacta sobre su persona. Y, finalmente, deben incorporar medidas de accesibilidad para personas con discapacidad auditiva.

3. Cómo funciona el mecanismo de quejas, paso a paso

Luisa María Alcalde durante la mañanera del pueblo de este 28 de julio en Palacio Nacional. (Presidencia)

El proceso tiene tres escalones y está diseñado, en teoría, para privilegiar la autorregulación antes que la sanción. Cualquier persona puede presentar una queja ante la defensoría del propio medio. La defensoría solicita un informe al concesionario, analiza si hubo una vulneración a los derechos de las audiencias y emite una recomendación en un plazo máximo de 20 días.

Si el medio ignora esa recomendación, el caso sube a la CRT. La Comisión puede intervenir y, en casos que califique como extremos, imponer sanciones económicas. Las multas van del 0.01% al 1% de los ingresos anuales del concesionario. Para una estación grande, el 1% puede representar una cifra millonaria.

Sheinbaum insistió en que las multas son “la última instancia” y que el objetivo real es la autorregulación. “Desde mi perspectiva, no se trata de multar, no es estar multando el objetivo. Es en realidad un proceso de autorregulación del medio, porque el medio nombra a su propio regulador o defensor de audiencias”, dijo la presidenta en su conferencia mañanera.

En esa misma conferencia resumió el propósito de los lineamientos en una frase: el objetivo es “que no haya mentiras” en los medios de comunicación.

4. La pregunta que nadie ha respondido: ¿quién decide qué es mentira?

¿Quién decide lo que es mentira?

Los lineamientos obligan a los medios a no difundir “información falsa, descontextualizada o histórica presentada como actual”. Esa frase es el centro del debate.

El gobierno no ha explicado con precisión quién determina cuándo una información cumple esa definición ni bajo qué criterios.

La abogada Mariana Calderón Arámburu, experta en derecho electoral y derechos humanos, advirtió en entrevista con Expansión Política que los lineamientos dejan en manos de la autoridad decidir dónde termina la noticia y dónde comienza la opinión.

Señaló que en la práctica periodística cotidiana los hechos suelen ir acompañados de contexto, análisis e interpretación, y que separar ambos elementos de forma absoluta resulta imposible.

Marta Tudón, oficial del Programa de Ecosistema Informativo y Tecnología de Artículo 19, fue más directa en sus declaraciones: “Lo que es preocupante es que se esté intentando justificar esta intervención en el flujo informativo, en el trabajo de las líneas editoriales, como si fuera derecho de las audiencias, porque esto no beneficia a las audiencias.”

Irene Levy, fundadora de Observatel, organización civil que estudia la evolución de las telecomunicaciones, sostuvo ante ese mismo medio que el proyecto excede la función regulatoria al crear facultades, procedimientos, sujetos obligados y consecuencias sancionatorias que no están contemplados en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

5. Quiénes se oponen, qué argumentan y por qué las objeciones van más allá de la política

El contexto se da en medio de una ola de violencia contra la prensa, según Article 19. REUTERS/Quetzalli Nicte-Ha REFILE - IMÁGENES TPX REPETITIVAS DE CALIDAD DEL DÍA

Las críticas no vienen únicamente de la oposición partidista. La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, que agrupa a más de 1,200 estaciones afiliadas, respaldó el objetivo de proteger audiencias pero presentó un comunicado con objeciones técnicas puntuales.

La CIRT advierte que los lineamientos son ambiguos y dan margen a la discrecionalidad del gobierno, que el proyecto permite a la autoridad definir qué es información falsa o descontextualizada, que el defensor de audiencias quedaría subordinado a la CRT mediante un “recurso de inconformidad” que permitiría al gobierno revisar todas sus decisiones, que las sanciones son desproporcionadas respecto a lo que la ley autoriza, y que la posibilidad de presentar quejas anónimas puede convertirse en un mecanismo de presión contra comunicadores y periodistas a través de denuncias falsas o coordinadas.

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) emitió un comunicado el 28 de julio en el que sostuvo que la propuesta vulnera directamente el artículo 6 constitucional.

“Someter la labor informativa a criterios burocráticos e interpretaciones discrecionales del gobierno no solo desincentiva el periodismo de investigación y fomenta la autocensura, sino que transgrede la neutralidad institucional, debilitando el equilibrio de poderes y convirtiendo a la regulación informativa en un instrumento de fiscalización y control político”, señaló la asociación en su documento.

Desde la oposición, el coordinador del PRI en el Senado, Manuel Añorve, acusó que los lineamientos pueden derivar incluso en suspensiones precautorias de transmisiones y que el gobierno pretende decidir qué información puede considerarse falsa o fuera de contexto.

La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, pidió que la consulta garantice que la protección de audiencias no se convierta en un mecanismo para limitar la libertad editorial. López Rabadán planteó además una pregunta que el gobierno no ha respondido: los lineamientos deberán establecer con claridad bajo qué criterio se clasifican las conferencias mañaneras cuando son transmitidas por medios públicos, si son noticia, opinión o publicidad gubernamental, y cuáles serán las reglas aplicables a esos espacios.

El diputado de Morena, Ricardo Monreal, salió en defensa de la presidenta y sostuvo que solicitar veracidad a los medios no representa censura.

Afirmó que Sheinbaum enfrenta “una embestida mediática impresionante” todos los días en redes sociales, plataformas y medios de comunicación, y que es “de las presidentas más atacadas en la historia de México”. Reconoció, sin embargo, que aún no conoce el contenido final de los lineamientos. “Aún no los conocemos, no se han concluido”, dijo en conferencia de prensa.

6. El debate que viene: prensa escrita, plataformas digitales y las mañaneras

(Imagen Ilustrativa Infobae)

Sheinbaum abrió una puerta que generó alarma adicional. Durante la presentación de los lineamientos señaló que en el futuro podría analizarse si la regulación debe extenderse a la prensa escrita y a las plataformas digitales.

“Tendría, en todo caso, que revisarse si es necesario o no, o las plataformas también no están en esta regulación, y que son temas que están también a discusión de la sociedad”, dijo la mandataria.

El relator especial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU Leopoldo Maldonado advirtió en julio, antes de que se publicaran los lineamientos, que las agresiones contra periodistas en México “se han diversificado”: siguen los asesinatos —siete en el primer semestre de 2026—, pero creció el hostigamiento público, la descalificación y el acoso judicial. México acumula 178 periodistas asesinados desde el año 2000, según datos de esa organización.

La consulta pública cierra el 21 de agosto de 2026. Ciudadanos, concesionarios, académicos y organizaciones civiles pueden presentar observaciones en el portal portal.crt.gob.mx/consultapublica.

No hay fecha establecida para la entrada en vigor de la versión definitiva de los lineamientos.