Murió sin testamento: así se reparten sus bienes según la ley mexicana

Los honorarios, avalúos y tarifas oficiales pueden sumar cantidades altas dependiendo de la vía y el valor del legado

El proceso se inicia al comprobar que no existe testamento. Para ello, se requiere el acta de defunción y el certificado del Registro Nacional de Avisos de Testamento. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cuando una persona fallece en el país sin haber realizado un testamento, sus bienes pasan a un proceso llamado sucesión intestada.

La ley federal y los códigos civiles estatales determinan el procedimiento y definen quiénes serán los herederos legales, así como el modo en que se reparte el patrimonio.

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El proceso se inicia al comprobar que no existe testamento. Para ello, se requiere el acta de defunción y el certificado del Registro Nacional de Avisos de Testamento.

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Una vez confirmado que la persona murió intestado, los interesados pueden acudir ante notario o juez civil, según el caso y el monto de la herencia, para tramitar la declaración de herederos. El trámite notarial es posible cuando hay acuerdo entre los herederos y no existen menores de edad o incapaces.

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Orden de herederos y reparto de bienes en la sucesión intestada

El trámite notarial es posible cuando hay acuerdo entre los herederos y no existen menores de edad o incapaces. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Código Civil Federal establece un orden de prelación para determinar quiénes tienen derecho a heredar. En primer lugar, los bienes se distribuyen entre los descendientes: hijos y, en ausencia de estos, nietos.

Si no hay descendientes, el derecho pasa al cónyuge y a los ascendientes (padres y abuelos).

En caso de no existir descendientes, cónyuge ni ascendientes, los hermanos y, en su defecto, los sobrinos pueden ser llamados a heredar. La ley también reconoce derechos hereditarios al concubino o concubina bajo ciertas condiciones, siempre y cuando la relación cumpla los requisitos legales.

Si ninguna de estas personas existe o reclama la herencia, los bienes pueden pasar a parientes colaterales más lejanos, hasta el cuarto grado.

Finalmente, en ausencia de todos los anteriores, la herencia se declara vacante y los bienes se destinan a la beneficencia pública.

El reparto de los bienes se realiza conforme al grado de parentesco y las reglas de adjudicación previstas en la ley.

El notario o el juez expiden la declaratoria de herederos, documento indispensable para proceder con la partición del patrimonio.

Procedimiento y requisitos para tramitar la sucesión intestada

El procedimiento incluye la publicación de edictos, inventario y avalúo de bienes, pago de deudas hereditarias y, finalmente, la adjudicación y entrega de los bienes a los herederos (Imagen Ilustrativa Infobae)

Para iniciar la sucesión intestada, es necesario presentar ante notario o juez el acta de defunción, el certificado de inexistencia de testamento, documentos que acrediten el parentesco de los solicitantes y, en su caso, pruebas de la relación de concubinato.

Si hay menores de edad, incapaces o desacuerdo entre posibles herederos, el procedimiento debe realizarse ante un juzgado civil.

El procedimiento incluye la publicación de edictos, inventario y avalúo de bienes, pago de deudas hereditarias y, finalmente, la adjudicación y entrega de los bienes a los herederos.

La intervención judicial puede prolongar el proceso, sobre todo si existen controversias.

Costos vigentes de la sucesión intestada en México (2026)

  • Los costos aproximados según una estimación de ABA Abogados para el procedimiento notarial son:

- Honorarios: entre $25,000 y $60,000 MXN.

- Inscripción en Registro Público: $3,000 a $10,000 MXN.

- Avalúo de inmuebles: $2,000 a $8,000 MXN.

- Gastos administrativos: $2,000 a $5,000 MXN.

- Costo total estimado: entre $35,000 y $90,000 MXN, o 3 % a 7 % del valor de la herencia.

  • Los costos según Cronoshare , Intestados MX para el procedimiento judicial son:

- Honorarios de abogado: $40,000 a $120,000 MXN.

- Edictos: $3,000 a $8,000 MXN.

- Trámites y notificaciones: $2,000 a $6,000 MXN.

- Avalúos judiciales: $3,000 a $10,000 MXN.

- Costo total estimado: puede superar $150,000 MXN en casos complejos; algunos abogados cobran 8 % a 15 % del valor de la herencia.

  • Las tarifas oficiales adicionales según el Colegio de Notarios CDMX:

- Protocolización de inventario y avalúos: 0.75 % del valor del activo.

- Declaratoria y cotejo de documentos: $3,000 a $5,000 MXN.

  • Consideraciones generales:

- El costo final depende de la complejidad , número de herederos y valor de los bienes.

- Se recomienda solicitar cotización previa a notarios o abogados.

- La duración y los gastos pueden aumentar si existen controversias o bienes en diferentes estados.

Qué pasa con tus bienes si mueres sin testamento

Cuando no se localizan herederos conforme a la ley, la herencia se declara vacante. En este caso, los bienes pasan a la beneficencia pública federal o local, según el domicilio del fallecido. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cuando no se localizan herederos conforme a la ley, la herencia se declara vacante. En este caso, los bienes pasan a la beneficencia pública federal o local, según el domicilio del fallecido. El Estado administra estos bienes y puede destinarlos a instituciones de asistencia social o salud.

La sucesión intestada puede implicar trámites complejos si no existe acuerdo entre los interesados o la documentación no es suficiente.

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