El acecho, una práctica que evidencia la violencia persistente contra las mujeres: UNAM

En México, el acecho se identifica como ley Valeria, término que hace referencia a su incorporación al código penal

Acecho, una forma de violencia. (UNAM)

Las violencias que enfrentan las mujeres representan una problemática con impacto mundial, generando consecuencias directas en quienes las padecen y en la estructura social y legal de los países. De acuerdo con investigaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), estos fenómenos afectan la vida cotidiana, la salud física y mental, así como las oportunidades de desarrollo de las víctimas. Si bien se han implementado políticas públicas y reformas orientadas a visibilizar la violencia de género en la agenda pública, erradicarla continúa siendo un reto.

La persistencia de estas conductas y su adaptación a los cambios sociales y tecnológicos han dado origen a nuevas formas de agresiones. El acecho es un ejemplo de ello, ya que se manifiesta como una conducta que aprovecha vacíos legales e institucionales. Al no estar plenamente incorporado en la legislación ni en la percepción social, su gravedad suele minimizarse o incluso negarse, lo que dificulta su atención y sanción.

¿Qué es y por qué se le conoce como ley Valeria?

En México, el acecho se identifica como ley Valeria, término que, si bien no corresponde a una norma específica, hace referencia a su incorporación al código penal, con el objetivo de que esta conducta pueda ser perseguida como delito.

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La denominación responde a su impulsora: Valeria Macías, quien fue víctima de esta práctica durante varios años, ante la inacción de las autoridades que se justificaban en la no existencia del tipo penal específico.

En febrero de 2026, la Cámara de Diputados aprobó su incorporación en el Código Penal Federal y lo define como quien, de manera reiterada, sin consentimiento y sin estar legítimamente autorizado, y por cualquier medio, realice actos de vigilancia, seguimiento, acercamiento o contacto no deseados, de intimidación o de cualquier forma de intromisión, que generen en la persona afectada un daño en su salud psíquica o alteren el normal desarrollo de su vida cotidiana.

En comisiones avalaron la "Ley Valeria", la cual busca tipificar el acecho como un delito.

Al no estar tipificado ni reconocido como delito en la legislación del país, las medidas de protección no suelen ser otorgadas, pese a que la víctima se encuentre en riesgo, incluso feminicida. En algunos casos, las autoridades de procuración de justicia y jurisdiccionales las conceden bajo otros tipos penales, como el de violencia familiar. Sin embargo, obtener una resolución judicial que sancione efectivamente el acecho es improbable. Esta limitación evidencia un vacío normativo que deja a las mujeres en situación de vulnerabilidad ante los sujetos que encuentran otras formas de ejercer agresiones y quedar impunes.

Ahora bien, muchas instituciones, ante el desconocimiento generalizado sobre esta conducta, y bajo el argumento de que no se trata de un delito tipificado, desestiman las denuncias sin considerar las consecuencias que este comportamiento genera en la esfera emocional y social de las agredidas, afectando su autonomía, su libertad de movimiento y su seguridad.

Esta omisión amplifica los efectos y el riesgo para las víctimas, ya que los atacantes pueden continuar sus acciones al no enfrentar implicaciones, perciben libertad de actuación. De esta manera, se observa que las instituciones, al ser omisas, contribuyen al ejercicio de las violencias.

¿Qué hacer si aún no está tipificado?

Si bien en el ámbito federal, la ley Valeria aún no entra en vigor, pues debe ser discutida y aprobada por el Senado, las instituciones pueden y deben intervenir ante una denuncia de acecho. Dichas instancias pueden brindar servicios para atender los efectos, implementar planes de acción ante el peligro de consumación de otras violencias y, en algunos casos, aplicar sanciones.

En el ámbito educativo, en donde la atención a las violencias por razón de género es obligatoria, no es necesario que el acecho sea reconocido como delito. Es decir, lo penal no determina el deber de prevenir, atender y sancionar cualquier acción asociada a esta conducta por parte de las instituciones educativas.

Reconocerlo como una problemática permite visibilizar una forma de violencia que no siempre deja huellas físicas, pero que reproduce la desigualdad de género y refuerza relaciones de poder.

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