
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) autorizó una segunda ronda de alegatos escritos en el litigio promovido por Ecuador contra México en el caso Glas Espinel, y estableció un calendario que extenderá el intercambio de argumentos hasta principios de 2027.
En una orden fechada el 25 de febrero pasado, el máximo tribunal de la Organización de las Naciones Unidas fijó el próximo 25 de agosto de 2026 como plazo para que Ecuador presente su réplica, y el 25 de febrero de 2027 para que México entregue su dúplica, con lo que la fase escrita del proceso se prolongará hasta ese momento.
Disputa legal entre Ecuador y México: demanda y contrademanda ante la CIJ
Ecuador interpuso una demanda contra México el 29 de abril de 2024 ante la CIJ, en relación con la conducta de México entre el 17 de diciembre de 2023 y el 5 de abril de 2024 respecto al ex vicepresidente ecuatoriano Jorge David Glas Espinel, quien se encontraba bajo asilo político en la embajada mexicana en Quito. Para el gobierno ecuatoriano, esos actos constituyeron violaciones a las obligaciones de México bajo el derecho internacional.
La Corte recordó que ya había fijado plazos para la presentación de la memoria de Ecuador y la contramemoria de México, ambas entregadas dentro del tiempo establecido. En su contramemoria, México presentó a su vez una contrademanda contra Ecuador por presuntas violaciones a la Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático de 1954.

Decisión de la CIJ: seis meses para la presentación de nuevos alegatos
Tras una reunión celebrada el 11 de febrero de 2026 con los agentes de ambas partes, el tribunal resolvió autorizar una segunda vuelta de escritos. Ecuador había solicitado un plazo de ocho meses para preparar su réplica; México consideró que cuatro o cinco meses serían suficientes; finalmente la Corte fijó seis meses para cada escrito.

Etapas del proceso: réplica, dúplica y alcance de los nuevos plazos
La réplica es el documento mediante el cual el Estado demandante —Ecuador— responde a los argumentos de la contramemoria del demandado. La dúplica permite al Estado demandado —México— contestar lo expuesto en la réplica y cerrar la fase escrita antes de una eventual etapa oral. Con los nuevos plazos, el intercambio formal de argumentos se mantendrá abierto hasta febrero de 2027.
La Corte también señaló que, dado que Ecuador manifestó su intención de abordar en su réplica todos los aspectos de la contrademanda mexicana —incluida su admisibilidad—, no es necesario pronunciarse en esta etapa sobre si dicha contrademanda cumple los requisitos del artículo 80 de las Reglas de la Corte.
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