Diputados aprueban prisión para quienes cometan acoso sexual y acecho: dictamen pasa al Senado

La pena se agrava cuando la conducta derive de relaciones laborales, docentes, domésticas, entre otras

El acoso sexual y el acecho podrían ser sancionados con prisión. (crédito Shutterstock y Canva)

Este 17 de febrero de 2026, la Cámara de Diputados de México aprobó por unanimidad un conjunto de reformas que endurece las sanciones contra el acoso sexual y el acecho en el país. Con el voto a favor de 440 legisladores de todos los partidos, el dictamen modifica el Código Penal Federal y avanza hacia el Senado para su revisión constitucional.

Endurecimiento de penas para acoso sexual y acecho en México

Las reformas introducen cambios de fondo en la legislación nacional. Se renombra el Capítulo I, Título Decimoquinto, que pasa a llamarse “Acoso Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación”. El nuevo artículo 259 Bis fija penas de uno a tres años de prisión y hasta 600 días de multa para quienes acosen o intimiden con fines lascivos de manera reiterada, utilizando cualquier medio.

Entre los agravantes considerados se encuentran:

Read more!
  • Cuando el acoso surge en entornos laborales, docentes, domésticos o cualquier relación de subordinación.
  • Si la víctima es menor de edad, adulta mayor, tiene discapacidad o se encuentra en situación de vulnerabilidad.
  • Si el acoso implica vigilancia o seguimiento.

En estos casos, la pena puede aumentar hasta en una mitad. Además, si el responsable es servidor público y emplea su cargo para cometer el delito, se prevé la destitución y la inhabilitación hasta por un año para ocupar cualquier otro puesto público.

En San Lázaro aprobaron penas en delitos como el acoso sexual y acecho. (Cámara de Diputados)

Nuevo marco legal sobre acecho y vigilancia no consentida

La reforma también modifica la denominación del Capítulo I, Título Decimoctavo, que llevará el título “Acecho, Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal”. El nuevo artículo 281 Bis sanciona con dos a cuatro años de prisión y hasta cuatrocientos días de multa a quienes, sin consentimiento y de manera reiterada, realicen actos de vigilancia, seguimiento, acercamiento, contacto no autorizado o intimidación que afecten la salud psíquica de la víctima o alteren su vida cotidiana.

Si la víctima es parte de un grupo vulnerable, la pena aumentará. Este tipo de delitos solo se perseguirán a petición de la persona afectada.

Violencia persistente y urgencia legislativa

La diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, una de las principales promotoras de la reforma, subrayó que más del 70 % de las mujeres en México han experimentado algún tipo de violencia, según el INEGI. Para la legisladora, “esto no es una excepción, es una emergencia nacional”. También destacó que el 90 % de los delitos sexuales no se denuncian ni se investigan a fondo, según la Encuesta Nacional de Victimización.

Insistió en la importancia de que el acoso se combata “sin privilegios, sin pretextos y sin fuero”. García Jimeno celebró el respaldo de todos los grupos parlamentarios y sostuvo: “La dignidad de una mujer no se negocia, la seguridad de una niña no se discute. El respeto no es opcional, es la base de una sociedad decente”.

El dictamen, que busca fortalecer la protección de derechos y la seguridad de las personas, ahora continuará su proceso en el Senado de la República.

Read more!