
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN), se posicionó entorno al proyecto de inconstitucionalidad relacionado a la reforma judicial, que presentó su homólogo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, con el cual se propone invalidar algunas acciones de la iniciativa previo a la elección judicial que se realizará en junio del 2025.
Durante la sesión de hoy en la Corte, el ministro dijo que el proyecto de inconstitucionalidad es improcedente, pues a su consideración aprobarlo sería responder a una insensatez con otra insensatez, enfatizando que él mismo se ha tratado de convencer de convencer de lo contrario.
“Aceptando con el proyecto que los actores tienen legitimación para promover un proyecto de inconstitucionalidad, porque así se los permite precisamente la Constitución, la aquí analizada es, en mi concepto, total y absolutamente improcedente y ello conduce a sobreseer en ella conforme a los precedentes a los que me he referido.
“Por más que me trate de convencer a mi mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta seria lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez que evade irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, puntualizó en su intervención.
¿En qué consiste el proyecto de inconstitucionalidad contra la reforma judicial?
El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá busca avalar:
- Elección por voto popular de: Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal de Disciplina, Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
- Medidas de austeridad para futuros cargos.
- Extinción de fideicomisos.
- Creación del Tribunal de Disciplina.
- Creación del Tribunal de Disciplina.
- Creación de un Órgano de Administración.
- Establecimiento de plazos.
Y busca invalidar:
- Elección por voto popular de: jueces de Distrito y magistrados de Circuito.
- La remoción masiva de jueces y magistrados.
- Recorte salarial para jueces y magistrados en funciones.
- Inatacabilidad de sentencias del Tribunal de Disciplina.
- Régimen aplicable para los Poderes Judiciales Locales.
- Prohibición de suspender normas generales en el juicio de amparo.
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