
Tras el fallo en Microsoft que afectó las operaciones de aerolíneas debido a una actualización de la empresa CrowdStrike, miles de personas sufrieron la demora o cancelación de sus vuelos.
Por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) pidió a los pasajeros acercarse a sus módulos para recibir orientación y a las aerolíneas informar sobre el estado del vuelo a través de medios electrónicos, llamadas telefónicas o en sus áreas de atención.
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“¿Tienes algún problema con tu aerolínea? Si cancelan o retrasan tu vuelo, recuerda que deben brindarte una solución rápida y oportuna, y compensarte en caso de que la afectación sea su responsabilidad”, escribió en su cuenta de X (@Profeco).
Asimismo, dio a conocer los derechos a favor de los pasajeros establecidos en las leyes de Aviación Civil y Federal de Protección al Consumidor, en los que se señala que si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea, esta debe compensar al pasajero, de acuerdo con lo siguiente:
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Cuando esto ocurra en un lapso superior a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea proporcionará como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
Si el retraso es mayor a dos horas pero menos a cuatro, puede aplicarse un descuento no menor al 7.5 por ciento del precio del boleto.
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En caso de demora mayor a cuatro horas o cancelación y si la aerolínea es responsable, el pasajero tiene la opción de elegir:
a) El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
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b) A transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
c) A transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
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El pago de compensaciones e indemnizaciones debe cubrirse en máximo 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación.
La Profeco además señaló que la aerolínea debe informar con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo, en caso de que se produzcan cambios en el itinerario o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado, a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico.
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Y si el cambio se produce dentro de las 24 horas previas a la salida programada, la aerolínea debe informar al pasajero tan pronto tenga la certeza de que ese cambio es inevitable.
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