El juez Alejandro López, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, quedó en el centro de la escena judicial luego de absolver este miércoles al dirigente de Camioneros Maximiliano Cabaleyro y a otros seis acusados por los hechos ocurridos en 2021 frente a la empresa Rey Distribución, en San Pedro.
López intervino de manera unipersonal en el debate, que se extendió durante una semana. La fiscalía había solicitado diez años de prisión para Cabaleyro, mientras que la querella de la familia propietaria de la firma reclamó una pena de 15 años.
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El sindicalista, líder de la regional San Nicolás, San Pedro y Ramallo del Sindicato de Camioneros, había llegado a juicio acusado por los delitos de turbación de la posesión, coacción, extorsión y amenazas, en el marco de un conflicto que se remontaba a años anteriores. El magistrado, sin embargo, absolvió a los imputados al considerar que los hechos acreditados durante el debate se inscribieron en el ejercicio de una protesta sindical legítima y que no se habían probado los extremos necesarios para sostener las imputaciones formuladas por las acusaciones.
La fiscalía había planteado una interpretación diferente. Las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio sostuvieron que existieron intimidaciones y amenazas destinadas a obtener dinero de los propietarios de la empresa y que las medidas de fuerza excedieron el ejercicio legítimo del derecho de huelga.
Los empresarios Ariel y Gustavo Rey denunciaron, además, que durante años habían realizado pagos para evitar conflictos con el sindicato y que los bloqueos comenzaron cuando decidieron interrumpirlos. Durante el juicio, la contadora de la empresa estimó en 13,5 millones de pesos el perjuicio ocasionado por una de las medidas, un monto equivalente entonces a unos 140 mil dólares.
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Tras el veredicto, Cabaleyro recuperó la libertad. Había sido detenido en 2022 y durante buena parte de ese período cumplió arresto domiciliario.
La trayectoria de Alejandro López
López integra el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás desde 2019, cuando fue designado para poner en funcionamiento el organismo junto con la jueza María Elena Baquedano.
Antes de asumir como magistrado se desempeñó como fiscal de Responsabilidad Penal Juvenil, por lo que buena parte de su trayectoria previa estuvo vinculada con causas que involucraban a menores de edad. También ocupó otros cargos dentro de la Justicia bonaerense antes de llegar al tribunal oral.
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Desde entonces intervino en distintos procesos de repercusión pública. En agosto de este año participó del juicio por el crimen de Noah Romero, el niño de tres años asesinado durante una balacera ocurrida en San Nicolás en 2024. En ese expediente, los acusados recibieron condenas de 35 y 33 años de prisión.
Otro antecedente que adquirió trascendencia ocurrió en 2023, cuando López actuó como juez técnico en el juicio por jurados contra Pablo Javier Gordillo, acusado de abuso sexual gravemente ultrajante contra una menor.
El jurado popular declaró culpable al acusado y posteriormente López fijó una pena de cinco años de prisión, cuyo cumplimiento dispuso bajo la modalidad domiciliaria. La resolución fue recurrida por la fiscal Franca Padulo, quien cuestionó tanto la modalidad de cumplimiento como distintos aspectos de la sentencia.
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Entre otros puntos, la representante del Ministerio Público objetó que el magistrado hubiera descartado una agravante vinculada con el daño ocasionado a la víctima que había formado parte del veredicto del jurado.
El conflicto con Camioneros
El caso que ahora volvió a colocar a López en agenda se originó a partir de una serie de enfrentamientos entre el Sindicato de Camioneros y Rey Distribución, una empresa radicada en San Pedro.
Según la acusación, hubo un primer episodio el 15 de enero de 2021 y posteriormente otra medida de fuerza en febrero de ese mismo año. Los propietarios sostuvieron que las protestas afectaron el normal funcionamiento de la compañía y que estuvieron relacionadas con la decisión de dejar de efectuar pagos que, según denunciaron, eran exigidos por dirigentes del gremio.
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La defensa de Cabaleyro sostuvo, en cambio, que se trató de medidas gremiales vinculadas con reclamos laborales y amparadas por el derecho de huelga. Esa posición fue recogida por López al momento de dictar las absoluciones.
La decisión alcanzó también a Edgardo Di Mayo, Carlos Julián Ojeda, Enzo Ivo Ojeda, Maximiliano Daniel Pérez, Lucas José Torrez y Matías Agustín Torrez.
El fallo no cerró, de todos modos, la discusión judicial. Tanto la fiscalía como la representación de la familia Rey anticiparon que recurrirán la absolución ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, que deberá revisar el criterio adoptado por el magistrado.
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