
El testamento es un acto jurídico en el que una persona determina quiénes serán los sujetos que reciban su patrimonio en el momento de su muerte. Dejarlo escrito supone numerosas ventajas tanto para los herederos -ya que les facilita trámites y les permite ahorrar tiempo y dinero-, como para los causantes, que se aseguran de que se cumplen sus últimas voluntades.
Cuando la persona fallecida redactó un testamento antes de morir, el reparto está claro: hay que hacerlo según lo dispuesto en él, siempre que sea válido (para lo que el causante tuvo que respetar la parte de la legítima correspondiente a los herederos forzosos, entre otras cuestiones).
Sin embargo, si al fallecido no le dio tiempo a redactarlo (o no quiso), hay que recurrir a la sucesión legal o intestada. Esta determina que los primeros en recibir la herencia son los hijos, padres y cónyuge del fallecido, a los que se les otorga el papel de herederos forzosos (los que cuentan con la legítima). En este sentido, es importante señalar que el código civil español no distingue entre hijos nacidos dentro del matrimonio y aquellos nacidos fuera de él, por lo que, todos los hijos de una misma persona, sin importar con quién los haya tenido, tienen los mismos derechos a la hora de heredar, salvo algunas excepciones.
Excepciones en el reparto entre los hijos
Como explican desde el bufete burgalés Aide Abogados, “existen algunos casos en los que es posible que los hijos de la pareja sí tengan algunos derechos sobre determinados bienes o un inmueble”. Por ejemplo, cuando el fallecido había comprado una vivienda antes de volver a casarse, pero después del enlace, solicita una hipoteca para poder pagarla.
En este caso, como explican los expertos en derecho, la vivienda adquiriría una naturaleza mixta, es decir, sería privativa la parte correspondiente al valor de las cuotas pagadas antes del matrimonio, mientras que la porción pagada después del matrimonio tendría carácter ganancial. De este modo, el segundo cónyuge tendría una participación sobre las cuotas pagadas durante el matrimonio, y, por lo tanto, sus hijos también tendrían derechos sobre dicho bien al fallecimiento del cónyuge. Unos derechos que los hijos del otro matrimonio no tendrían.
Cómo se hace el reparto de la herencia
Las herencias se dividen en tres partes o tercios. El Código Civil marca a quién se podrá dejar cada una de estas partes:
- El tercio de la legítima: un tercio de la herencia se repartirá entre los herederos legítimos, que son el cónyuge del fallecido y sus hijos o los descendientes de éstos cuando han fallecido. Este tercio tiene que repartirse a partes iguales entre los herederos legítimos. Con un testamento se puede definir quien va a quedarse con cada cosa cuando, por ejemplo, hay obras de arte, dinero en metálico y bienes con diferente valor. Es decir, permite hacer una división de la herencia ad hoc para evitar disputas entre los herederos.
- El tercio de mejora: este tercio de la herencia sirve para mejorar la legítima, siempre que no se trate de una herencia donde haya hijos y viuda o viudo. En este caso, este tercio irá a parar al cónyuge, como veremos más adelante. El tercio de mejora de la herencia se usa, como su propio nombre indica, para mejorar lo que recibirá alguno de los herederos legítimos. En otras palabras, se puede usar para dar más a un hijo que a otro de forma legal
- El tercio de libre disposición: las leyes de la herencia permiten destinar hasta un tercio de la herencia a quien se quiera, sea o no familiar y sea o no heredero legítimo. Eso sí, al hacerlo tendrá que pagar más impuestos por la herencia que un familiar.
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