
El testamento es un documento legal en el que una persona determina quién heredará sus bienes y obligaciones tras su muerte. Hacerlo tiene ventajas tanto para el testador, que se asegura de que se cumplan sus últimas voluntades, como para los herederos, que pueden ahorrarse tiempo y dinero en el proceso. Sin embargo no todo el mundo lo deja hecho. En estos casos, se recurre al derecho sucesorio, que es el que regula la transmisión de ese patrimonio a los herederos según el nivel de consanguinidad.
En una sucesión legal o intestada (sin testamento), la ley otorga tanto al cónyuge como a los hijos y padres del difunto la condición de heredero forzoso. Esta figura cuenta con una parte reservada de la herencia de un fallecido, denominada legítima.
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La parte de la herencia que recibe el cónyuge viudo depende de si hay hijos, descendientes, ascendientes o ninguno de ellos. Si hay hijos o descendientes, le corresponde el usufructo del tercio destinado a mejora. Si no hay descendientes pero sí ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia. En ausencia de descendientes y ascendientes, el cónyuge viudo recibirá el usufructo de dos tercios de la herencia.
Hay que saber que el derecho al usufructo enfrenta modificaciones significativas en caso de que el cónyuge viudo esté separado judicialmente o de hecho, perdiendo la posibilidad de beneficiarse de la herencia de esta manera. Sin embargo, si después de una separación se produjo una reconciliación legalmente notificada, el derecho se mantiene intacto.
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La legislación busca con estas disposiciones, proteger la vinculación económica del cónyuge superviviente con el patrimonio del fallecido, siempre y cuando la relación conyugal no haya sido disuelta formalmente antes del fallecimiento.
Reclamar una herencia sin testamento
El proceso comienza con la identificación de los bienes del difunto, usualmente a través de solicitudes a registros y bancos para obtener una visión clara del patrimonio. Esto incluye propiedades, cuentas bancarias, acciones, vehículos y joyas. Este paso es esencial, ya que permite conocer los bienes a heredar y determinar su distribución. Además de identificar los bienes, es necesario realizar una valoración cuantitativa de estos.
En caso de una sucesión sin testamento, el siguiente paso es determinar quiénes podrían ser los herederos y su relación de parentesco con el fallecido. La ley española establece distintos derechos según la consanguinidad. Para ello, se buscan certificados de matrimonio, de nacimiento y libros de familia que clarifiquen el árbol familiar y, por ende, la sucesión. Habitualmente, los hijos y el cónyuge tienen prioridad.
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Una vez hecho esto, es necesario solicitar una declaración de herederos, un documento legal que establece quiénes tienen derecho a la herencia. Este paso suele requerir la ayuda de un notario o abogado. Después, se procede a la aceptación y adjudicación; aquí se puede renunciar a la herencia si resulta gravosa o aceptarla a beneficio de inventario.
Es importante recordar que la aceptación de la herencia implica también asumir las obligaciones fiscales y las deudas del fallecido, así como pagar los impuestos de sucesión establecidos por la ley.
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