¿Es posible jubilarse estando de baja? Esto dice la ley

La ley permite pedir la jubilación estando de baja laboral, pero deben cumplirse una serie de requisitos

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Una pensionista realiza una consulta en su ordenador. (Freepik)
Una pensionista realiza una consulta en su ordenador. (Freepik)

El 2024 empezó con la puesta en activo de las nuevas cuantías de las pensiones. El pasado mes de diciembre, el gobierno aprobó una revalorización de las mismas de acuerdo al IPC del año previo. De esta forma, las pensiones contributivas experimentaron incrementos del 3,8% para el año 2024, mientras que las pensiones mínimas contributivas registraron un aumento del 6,9%. Es importante destacar que las pensiones de viudedad con cargas familiares vieron un significativo aumento del 14,1%, elevando el monto mensual de 905,9 euros a 1.033,6 euros.

Muchos trabajadores esperan con ansias el momento de decir adiós al mercado laboral. Para un retiro efectivo y cómodo, es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos legales, como puede ser solicitar la jubilación estando de baja. En este caso, la respuesta es sencilla: sí puede solicitarse, siempre que se cumpla con los requisitos pertinentes recogidos en la ley. Cualquier trabajador que lo desee puede solicitar la jubilación mientras se encuentra de baja. Independientemente de si la baja es por incapacidad temporal, enfermedad o accidente laboral, esta opción es viable y se aplica en las mismas condiciones que si el trabajador estuviera en una situación “habitual”. Esto se debe a que durante la baja se continúa cotizando a la Seguridad Social.

Qué se considera una baja laboral

La baja laboral se define como la ausencia de un trabajador, con justificación y certificación de un profesional sanitario. Existen dos clases de bajas laborales:

  • Por contingencias comunes: se producen por causas naturales. Incluyen enfermedades comunes, como gripes o dolores estomacales, embarazos, maternidad, paternidad, etc.
  • Por contingencias profesionales: se producen con motivo de la actividad laboral y/o durante la jornada de trabajo. Incluyen: accidente de trabajo, enfermedad profesional, etc.

A la hora de solicitar una baja laboral se requerirá:

  • Estar afiliado o dado de alta en la Seguridad Social.
  • En el caso de una enfermedad común, el trabajador debe haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años. En el caso de un accidente o enfermedad profesional, no existe periodo de cotización mínimo ni máximo.
  • Debe contarse con un justificante médico que especifique el motivo por el que se pide la baja laboral. Es necesario, además, para tramitar la pensión.
  • De igual modo, y en caso de que esta se conceda, el trabajador tiene la obligación de:
  • Presentar unos partes que confirmen su estado, los cuales dependen de la extensión y gravedad de la misma.
  • Presentar el alta, una vez se la den, e incorporarse al trabajo en las siguientes 24 horas.
Jubilación antes de los 65 y sin recortes: así es la propuesta de Podemos para los que cotizaron más de 40 años.

Cómo pedir la solicitud estando de baja:

El único caso en el que no se puede solicitar la jubilación es estando de baja por una incapacidad permanente. En todos los demás casos, es posible solicitarla considerando los siguientes requisitos:

  • Tener 66 años y dos meses si se han cotizado menos de 37 años y 6 meses, o 65 años si se han cotizado más de 37 años y 6 meses.
  • Haber cotizado, al menos, 15 años en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado un mínimo de 2 años en los 15 años anteriores a la solicitud.

Si se cumplen todos estos requisitos, para pedir la jubilación estando de baja hay que solicitar una cita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentar la solicitud correspondiente. Es necesario llevar el DNI y, en el caso de ser autónomo, un justificante de pago de las cotizaciones de los últimos tres meses y, en algunos casos, un certificado de empresa o discapacidad.

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