Qué pasa si me equivoco al pagar el Impuesto de Sucesiones

El cálculo del impuesto se realiza sobre los bienes adquiridos por cada contribuyente, tomando en cuenta el valor neto del patrimonio del fallecido, es decir, sus activos menos deudas, cargas y gastos

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Los herederos pueden calcular el porcentaje que les corresponde abonar por el Impuesto de Sucesiones. (Freepik)

En España, heredar no sale gratis. El impuesto sobre sucesiones es un tributo que grava las transmisiones de bienes y derechos entre individuos, cuyo objetivo es imponer una carga fiscal sobre los aumentos patrimoniales originados generalmente por herencias. El cálculo del impuesto se realiza sobre los bienes adquiridos por cada contribuyente, tomando en cuenta el valor neto del patrimonio del fallecido, es decir, sus activos menos deudas, cargas y gastos.

Cabe destacar que este impuesto es incompatible con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que implica que los ingresos sujetos al Impuesto sobre Sucesiones no están sujetos al IRPF. Además, el gravamen es de carácter progresivo, lo que significa que cuanto mayor es el valor de la herencia, mayor será la cantidad que deberán pagar los herederos.

El Impuesto sobre Sucesiones es un tributo directo y personal que afecta directamente a los incrementos patrimoniales derivados de herencias. Su administración recae en las comunidades autónomas, muchas de las cuales aplican descuentos para facilitar el pago a los beneficiarios. En función de la región, las bonificaciones y reducciones pueden variar significativamente, proporcionando un alivio fiscal a ciertos herederos.

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Quiénes tienen que pagarlo y cuándo

Este impuesto es abonado por los herederos de la persona fallecida, que pueden ser testamentarios, es decir, aquellos mencionados en el testamento del difunto, o legales, definidos por el Código Civil o el derecho foral aplicable en caso de sucesión intestada, siguiendo un orden según el grado de consanguinidad (hijos y descendientes, ascendientes, cónyuge viudo, otros parientes colaterales, y, en última instancia, el Estado).

El tributo debe ser pagado en los seis meses siguientes a la fecha del fallecimiento, salvo en el caso de los pactos sucesorios, donde no se produce el fallecimiento del transmitente. En estos casos, el plazo para liquidarlo es de un mes desde la fecha en que se formaliza el pacto o contrato.

Qué sucede si no lo pago o me equivoco al hacerlo

Para poder pagar el impuesto de sucesiones, es necesario que los herederos presenten previamente su autoliquidación, un procedimiento en el que reconocen los impuestos a abonar. La autoliquidación implica calcular y detallar las cuantías que deben ser pagadas a la Hacienda Pública. Este procedimiento debe realizarse utilizando el Modelo 650.

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En algunos casos, el resultado de la autoliquidación puede ser negativo o cero, lo que eximiría al heredero de realizar el pago. Sin embargo, en otros casos, podría resultar positivo, debiéndose entonces efectuar el correspondiente ingreso a favor de la Hacienda Pública.

Además de presentar la autoliquidación en el plazo legal (seis meses), los herederos deben ingresar el importe del impuesto dentro del mismo periodo. No cumplir con estas obligaciones genera dos consecuencias principales: el pago de intereses de demora y una sanción monetaria. Los intereses de demora se aplican por el tiempo transcurrido desde el final del plazo de presentación e ingreso de la autoliquidación hasta que la Administración regulariza la situación tributaria. El cálculo de estos intereses se basa en la cuota dejada de ingresar y el tipo de interés anual determinado en los Presupuestos Generales del Estado.

La sanción por incumplimiento puede variar entre el 50% y el 150% de la cuota defraudada, dependiendo de factores como la cuantía defraudada y la posible ocultación de información. Es importante señalar que la normativa vigente permite reducir esta sanción en función de circunstancias particulares, como la conformidad del sujeto pasivo con la regularización y el pago voluntario de la misma en el plazo estipulado.

Las herencias a los parientes "lejanos" pagan más impuesto de Sucesiones a Hacienda

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