Qué pasa con mi pensión no contributiva si recibo una herencia

El cobro de una herencia puede modificar o eliminar tu prestación no contributiva en caso de superar los ingresos máximos anuales

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Qué sucede con tu pensión no contributiva en caso de recibir una herencia (Gabriel Luengas/Europa Press)
Qué sucede con tu pensión no contributiva en caso de recibir una herencia (Gabriel Luengas/Europa Press)

Una pensión no contributiva es una prestación económica otorgada por el estado a individuos que no han contribuido al sistema de Seguridad Social a lo largo de su vida laboral. Estas pensiones están dirigidas principalmente a personas en situación de vulnerabilidad, como adultos mayores o personas con discapacidad, que carecen de recursos suficientes para subsistir. La finalidad es garantizar un ingreso mínimo que posibilite una vida digna, asegurando así la protección social y la inclusión de estos grupos en riesgo de pobreza o marginación.

El Estado asume de esta forma la obligación de garantizar unas condiciones de vida mínima para estos beneficiarios. Sin embargo, estas pensiones dependen de los ingresos anuales de cada ciudadano, por lo que el cobro de una herencia puede alterar esta variable, por lo que la pensión podría peligrar. Existen cuatro casos que recoge el Imserso por los que este tipo de pensiones podrían ser suspendidas: si no se declaran los ingresos por unidad de convivencia, no se notifican las modificaciones de las diferentes situaciones personales o se cambia de oficio.

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Qué sucede en caso de cobrar una herencia

Un ingreso puntual, como puede ser el cobro de una herencia, no supone necesariamente la pérdida de la pensión, ya que existen casos en los que se puede preservar. La Seguridad Social, como institución encargada de establecer el umbral de ingresos personales anuales, señala que para ser beneficiario de una pensión no contributiva, los ingresos anuales no deben superar los 6.784,54 euros.

No obstante, si se convive con otros familiares, la cifra varía. En unidades familiares de dos personas, el límite es de 11.533,72 euros anuales; para tres personas, asciende a 16.282,90 euros; y para cuatro personas, alcanza los 21.032,08 euros. Además, el grado de consanguinidad de los convivientes puede influir en estos límites. Si entre los convivientes se incluyen hijos o padres, los límites aumentan: 28.834,30 euros para dos convivientes, 40.707,25 euros para tres y 52.580,20 euros para cuatro convivientes.

En caso de recibir una herencia, no se podrá superar el límite de ingresos anuales correspondiente según la situación específica. Además, deberán cumplirse dos trámites adicionales para mantener la pensión. Primero, es necesario notificar a la Seguridad Social, en un plazo de 30 días, cualquier cambio en las condiciones económicas. Asimismo, durante los tres primeros meses del año, se debe presentar una declaración de los ingresos totales de la unidad de convivencia del beneficiario. Si no se cumplen estos requisitos, se suspenderá el pago de la pensión.

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Por tanto, si recibes una herencia mientras percibes una pensión no contributiva, debes cumplir con ciertos requisitos para mantener la prestación. Inicialmente, es fundamental que los ingresos anuales de tu unidad de convivencia no superen el límite establecido por la Seguridad Social para tu situación concreta.

Además, tendrás que realizar dos trámites adicionales:

  • Notificar a la Seguridad Social el cambio en tus condiciones económicas en un plazo de 30 días desde que recibes la herencia.
  • Presentar una declaración de los ingresos totales de tu unidad de convivencia durante los tres primeros meses del año siguiente.

Si no cumples con estos procedimientos, el pago de tu pensión no contributiva será suspendido.

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