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Cobro con transferencia: en medio del debate por la mora, hay dudas por el nuevo sistema para debitar las cuotas de los créditos

El mecanismo debiera entrar en vigencia el 31 de agosto. Los bancos y las fintech ven pocas chances de utilización como una vía para mejorar el débito de las cuotas, en un contexto de morosidad creciente

Las cuentas bancarias pueden ser objeto de embargo por deudas, con bloqueo total o parcial de los fondos según la autoridad que emita la orden - crédito VisualesIA/Imagen Ilustrativa Infobae
El cobro con transferencia (CCT) fue anunciado en marzo y debe entrar en vigencia en una semana (VisualesIA/Imagen Ilustrativa Infobae)
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En marzo, el Banco Central anunció la implementación del “cobro con transferencia (CCT)”, un nuevo sistema que regulaba el pago de las cuotas de los préstamos mediante el débito directo mes a mes, incluso en una cuenta de una entidad diferente a la que otorgó el crédito. La medida prometió ”una solución superadora” para el cobro “en forma segura y transparente para las personas” que se pondría en marcha el próximo 31 de agosto.

A pocos días de esas fecha, diversas fuentes del sector financiero coincidieron ante este medio en que muchas entidades no podrán implementar el CCT para la fecha prevista y en que, aún cuando lo hagan, el nuevo sistema tendrá un uso muy limitado. Ni bancos ni fintech muestran entusiasmo con la solución hallada por el Central a punto de entrar en marcha, aún cuando se supone que es una herramienta para mejorar el cobro.

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Con el alza de la morosidad como uno de sus problemas centrales en la actualidad, las vías para cobrar las cuotas resultan un tema crucial. Si bien el nuevo sistema no es retroactivo y funcionará para los nuevos créditos que se otorguen, el CCT podría aplicarse a todas las refinanciaciones que las entidades están preparando para los morosos.

Pero nada de eso parece estar en marcha aunque la norma dispone que “el cobro con transferencia deberá estar disponible a partir del 31/08/26 para el cobro de cualquier concepto vinculado a préstamo”.

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Voceros del Banco Central no respondieron a las reiteradas consultas de Infobae sobre la implementación del “cobro con transferencia”, a pocos días de su puesta en funcionamiento.

Débito directo

El débito directo de cuotas, muy reclamado por el sector financiero, fue anunciado por el BCRA en noviembre del año pasado y lanzado en marzo para aplicarse a partir del 31 de agosto. El CCT vino a reemplazar el “debito directo interbancario” que existió hasta 2020 y fue derogado por el Gobierno de Alberto Fernández en el pico de la pandemia. Permitía a bancos y fintech debitar en forma reiterada el importe de las cuotas hasta que el cliente tuviese los fondos suficientes para cancelarlas. La modificación incorporó la autorización expresa del cliente para el cobro de cada cuota, lo que incrementó los impagos. En el crítico momento financiero de la cuarentena, muchos no pudieron pagar sus cuotas, sobre todo en los préstamos de consumo, el mismo segmento que hoy muestra una morosidad elevada.

En aquel entonces, muchos gobernadores habían hecho llegar sus quejas ya que la acreditación de sus planes sociales, en muchos casos, era absorbida en forma inmediata por el cobro de cuotas pendientes de los préstamos bancarios y extrabancarios.

Fachada del Banco Central de la República Argentina (BCRA). REUTERS/Agustin Marcarian
Fachada del Banco Central de la República Argentina (BCRA). REUTERS/Agustin Marcarian

El nuevo cobro con transferencia dispone limitaciones para el débito, para evitar los excesos del sistema anterior. Según la norma anunciada en marzo, puede aplicarse únicamente en préstamos de cuotas fijas e iguales; si en el primer débito no hay fondos, solo pueden hacerse dos reintentos, a las 48 y 96 horas; incluye un consentimiento “explícito y por única vez” por parte del cliente, que puede revertirse. También dispone que la cuota no debe exceder el 30% de los ingresos al momento de la originación del crédito, entre otros requisitos.

Hasta hace pocos días, bancos y fintech seguían pidiendo aclaraciones sobre todos estos puntos de la reglamentación al Central para implementar el mecanismo. En particular, hay cuestionamientos sobre cómo se establecerá el consentimiento del cliente, ya que no se permite que sea por reconocimiento facial, el método más difundido entre las apps financieras. “Sin comprometer la seguridad ni la prevención de fraudes, se podría haber elegido un sistema mejor”, explicaron en una entidad líder.

La reglamentación de la entidad que preside Santiago Bausili también crea la figura del “originante” y el “receptor” para permitir que, si existe autorización del cliente, una entidad debite su cuota en una cuenta de otra, sea banco o fintech en cualquier de los dos casos.

En el sistema financiero aseguran que esa “cobranza cruzada” es extremadamente limitada. La norma exige que para que, por caso, un banco pueda cobrarse las cuotas debitando en cuentas de otro del mismo cliente, debe depositar el total del préstamo en la otra entidad. “Es algo inviable. Ningún banco grande ni Mercado Pago va a aceptar depositarle el monto del crédito propio a un competidor para poder debitarle las cuotas”, explicó un ejecutivo de un banco líder.

En el sector también explican que, aunque la norma lo permita, tampoco es factible que un banco pueda debitar las cuotas de una cuenta CVU, como las de Mercado Pago u otras fintech: “La mayoría de las cuentas virtuales, al estar remuneradas, tienen saldo 0, porque el dinero está en un fondo común de inversión”.

La única oportunidad, en este aspecto del sistema, estaría en alguna financiera o fintech pequeña que elija delegar el débito de las cuotas en un banco en el que el cliente tenga cuenta, algo que en general ya ocurre con las entidades que no ofrecen cuentas de pago pero sí dan préstamos. Por ese motivo, hay coincidencia en el sector financiero que el uso de esta característica del CCT, que entre otros objetivos impulsa la interoperabilidad entre entidades, no será muy extendido con la reglamentación actual.

Otras voces del sector destacan aspectos de la reglamentación que no conforman o que, hasta el momento, siguen generando dudas. Entre otros interrogantes, hay cuestionamientos a la limitación a que las cuotas a debitar sean “fijas e iguales”, ya que impide el cobro de punitorios o de cuotas ajustadas a lo largo del préstamo. También el punto de que el cliente puede autorizar el débito solamente en una cuenta distinta de la entidad que le dio el préstamo, en un sistema en el que cada argentino tiene en promedio 8 cuentas (CBU o CVU) a su nombre, según Coelsa.

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