Radican proposición para impedir que De la Espriella se posesione en una guarnición militar: “No permitiremos que se supedite el poder civil”

El representante electo Daniel Monroy aseguró que la intención del presidente electo de posesionarse en un lugar distinto al Capitolio Nacional es un capricho

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El congresista electo Daniel Monroy aseguró que se busca impedir el traslado del Congreso a una guarnición militar para la posesión de De la Espriella - crédito @DanielMonroyH/X

La intención del presidente electo Abelardo de la Espriella de posesionarse en una guarnición militar el 7 de agosto de 2026 no gustó entre algunos políticos. El representante a la Cámara electo Daniel Monroy informó que presentó una proposición ante el Legislativo para impedir que el mandatario entrante haga oficial su dignidad como jefe de Estado en un lugar distinto al Capitolio Nacional, ante el Congreso de la República.

El congresista electo pidió que se niegue el traslado de la sede de la Cámara de Representantes y de la sesión conjunta del Congreso a la guarnición militar donde el mandatario entrante quiere posesionarse o a cualquier otra instalación militar en el país.

No permitiremos que se supedite el poder civil del Congreso de la República, de la Cámara, del Senado, para que Abelardo de la Espriella pueda cumplir sus caprichos. Así que vamos a esperar y estar atentos a la discusión que se va a dar el día de hoy sobre seguramente esta solicitud de Abelardo de la Espriella y sus congresistas y sus bancadas aliadas”, precisó el congresista electo en un video publicado en sus redes sociales.

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Abelardo de la Espriella quiere posesionarse en una guarnición para rendir homenaje a la fuerza pública - crédito Juan David Duque/Reuters

De acuerdo con el artículo 192 de la Constitución Política de Colombia, el presidente debe posesionarse ante el Congreso de la República. Sin embargo, si por alguna razón no puede tomar posesión ante el Legislativo, puede hacerlo ante la Corte Suprema de Justicia o ante dos testigos.

Ahora bien, el artículo 140 indica que la sede del Congreso de la República está en Bogotá y que esta solo podrá cambiar si el Senado y la Cámara de Representantes se ponen de acuerdo en trasladarla. Además, en caso de que exista una perturbación del orden público, los congresistas pueden reunirse en el sitio que escoja el presidente del Senado de turno.

Con base en la normativa que permite el traslado de la sede del Legislativo, el Gobierno entrante de Abelardo de la Espriella presentó una proposición para autorizar el traslado extraordinario del Congreso en pleno para llevar a cabo el acto protocolario de posesión el 7 de agosto.

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Se solicita aprobar el traslado extraordinario y excepcional de la sede del Congreso de la República, para que sesione en pleno en las instalaciones en la guarnición militar, el día 7 de agosto de 2026, con el fin de llevar a cabo la ceremonia de posesión del Presidente y del Vicepresidente de la República electos para el período constitucional 2026-2030”, indica la proposición.

- crédito @CarolBordaA/X

Sin embargo, hay una iniciativa adicional con la que se busca impedir que el presidente electo realice su ceremonia de posesión en una guarnición militar. El representante a la Cámara y director nacional del Pacto Histórico Gabriel Becerra solicitó a la mesa directiva del Legislativo y los demás congresistas abstenerse de respaldar la idea de De la Espriella de posesionarse en un sitio distinto al Capitolio Nacional.

De acuerdo con el mandatario electo, esa decisión se basa en la necesidad de mostrar su apoyo a la fuerza pública. Sin embargo, según Becerra, el traslado del Congreso a una guarnición militar no es una manera adecuada de rendir un homenaje a los uniformados de Colombia. En ese sentido, aseguró que el mandatario electo estaría irrespetando el carácter civil de la posesión presidencial.

El congresista Gabriel Becerra aseguró que se debe respetar la Constitución y el reglamento del Congreso. Por eso, solicitó al Legislativo que impida que el presidente electo se posesione en una guarnición militar - crédito @BecerraGabo/X

Precisamente por ese respeto considero que el mayor homenaje que puede rendírseles no consiste en trasladar a una instalación militar un acto propio del poder civil, sino en preservar el carácter profesional, no deliberante y subordinado a la autoridad civil que les asignan los artículos 188, 189 y 219 de la Constitución Política (sic)”, precisó el legislador en la proposición que allegó al Congreso.