Juzgado rechazó solicitud de detención domiciliaria para Miguel Polo Polo: deberá cumplir arresto de tres días en un centro de reclusión

La decisión negó la sustitución por detención domiciliaria y ratificó la sanción por desacato, tras concluir que el congresista incumplió actos de reparación ordenados por la Corte Constitucional a favor de víctimas

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El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó a Miguel Polo Polo cumplir en su casa el arresto de tres días por desacato - crédito Cristian Bayona/Colprensa

El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó a Miguel Polo Polo la posibilidad de cumplir en su casa un arresto de tres días por desacato, de modo que el representante a la Cámara deberá ingresar a un centro de reclusión por incumplir una orden judicial ligada a la destrucción de un homenaje a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales y a las Madres de Soacha.

La decisión mantiene también la multa de ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes que ya había sido confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá, mientras sigue sin conocerse ni la fecha exacta de ejecución de la medida ni el establecimiento penitenciario al que será trasladado.

Según el juzgado, la sanción no puede sustituirse por detención domiciliaria porque no corresponde a una condena penal ordinaria, sino a una medida de naturaleza constitucional dirigida a asegurar el cumplimiento efectivo de un fallo judicial.

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Por esa razón, el despacho concluyó que no proceden beneficios como la prisión domiciliaria ni mecanismos similares.

El Tribunal Superior de Bogotá ratificó el desacato contra Miguel Polo Polo y mantuvo su arresto

El Tribunal Superior de Bogotá ratificó el desacato contra Miguel Polo Polo por incumplir la orden de la Corte Constitucional sobre los falsos positivos y la exposición Mujeres con las botas bien puestas - crédito Colprensa

Esta decisión se tomó luego de que el Tribunal Superior de Bogotá confirmara una decisión judicial que ordenó el arresto por tres días y una multa económica al representante a la Cámara Miguel Polo Polo.

El Tribunal estableció que Polo Polo no cumplió con las disculpas ni con la convocatoria a concertación para reparar el daño causado, pese a estar plenamente notificado.

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Además, no asistió a la reinstalación de la exposición, a pesar de haber recibido varias comunicaciones. La defensa del congresista argumentó que ya existía una sentencia que consideraba cumplida la orden, pero el Tribunal descartó ese planteo. El representante no realizó declaraciones sobre los fallos recientes.

La sanción se originó en la destrucción de un homenaje a las Madres de Soacha

La justicia ordenó que Miguel Polo Polo ingrese a un centro de reclusión por incumplir una orden judicial ligada al homenaje a las Madres de Soacha y a las víctimas de falsos positivos - crédito @MAFAPOCOLOMBIA/@MiguelPoloP/X

El proceso se remonta a un episodio ocurrido en el Congreso de la República, en el que el congresista retiró y destruyó una instalación simbólica y floral dedicada a las víctimas de los llamados “falsos positivos” y a las madres de Soacha. Ese acto conmemorativo había sido organizado por asociaciones de madres de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el país.

Durante ese episodio, el representante tomó una de las botas que hacían parte del homenaje y afirmó que “esas botas deberían ir al canasto de la basura”. La declaración desató la reacción de organizaciones de víctimas y dio paso a acciones judiciales.

Después, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-375 de 2025, le ordenó ofrecer disculpas públicas al colectivo Mujeres con las botas bien puestas y a las madres de las víctimas. También dispuso que ese mensaje permaneciera publicado durante al menos seis meses en las mismas redes sociales donde difundió el contenido original.

La justicia determinó luego que el congresista no cumplió esa orden en los términos exigidos. El despacho sostuvo que la disculpa debía presentarse de manera íntegra, “sin introducir fórmulas ambiguas, expresiones revictimizantes ni juicios de valor”, una condición que, según el expediente, no fue atendida.

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la multa de ocho salarios mínimos contra Miguel Polo Polo por el caso de desacato - crédito @miguelpolopolo/Instagram

El arresto por desacato se activó formalmente tras verificarse el incumplimiento del mandato judicial previo. La orden no se limitaba a la preservación de actos de memoria histórica dentro del recinto legislativo, sino que exigía un pedido de perdón a los familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales en Soacha.

En su pronunciamiento más reciente, el juez precisó que la sanción impuesta tiene una finalidad exclusivamente constitucional: hacer efectiva la autoridad de los fallos emitidos.

El despacho dejó establecido que no se trata de una pena del código penal, sino de una herramienta judicial para asegurar obediencia a una decisión de tutela.

Ese criterio ya había sido respaldado por el tribunal que revisó el caso y confirmó tanto el arresto como la multa. E l juzgado insistió en que la naturaleza de la medida impide flexibilizar su ejecución con arresto domiciliario.

La ejecución del arresto quedó a cargo de las autoridades penitenciarias y policiales competentes. Hasta ahora, no se ha informado en qué centro de reclusión permanecerá Polo Polo durante los tres días de la sanción ni cuándo comenzará su cumplimiento.

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