El 20 de junio de 2026, la Corte Suprema de Justicia anunció la apertura de una investigación formal contra el saliente congresista del Partido Liberal, Miguel Ángel Pinto, por el delito de acceso carnal violento. De acuerdo con el documento, la decisión es consecuencia de una denuncia interpuesta por una integrante de su equipo de trabajo, que lo señaló por usar su cargo como jefe para forzar encuentros sexuales durante 10 meses.
Es importante precisar que, durante el proceso de indagación, la Sala de Instrucción tuvo acceso a declaraciones y documentos que, según el expediente, demuestran que el legislador habría obligado a su subalterna a mantener relaciones sexuales mientras existía un vínculo laboral.
El magistrado Misael Rodríguez citó a Pinto a indagatoria para este lunes 22 de junio de 2026, pero la defensa solicitó posponer la reunión bajo la premisa de que el abogado principal está fuera del país, además de que el suplente no podía asistir por otros compromisos.
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Sin embargo, el despacho no atendió la solicitud y mantuvo la citación para las 2:00 p. m. Por lo que autorizó la participación virtual de la defensa por la plataforma Zoom.
Cabe recordar que Pinto decidió no buscar una nueva curul en el Congreso, pero su hijo Miguel Ángel Pinto fue elegido para el periodo 2026-2030. Con la salida del senador, el caso podría pasar de la Sala de Instrucción a la Fiscalía General de la Nación, al perder el fuero de aforado.
La relación de Miguel Ángel Pinto con paramilitares
En 2022, la Corte Suprema de Justicia abrió una indagación preliminar contra Miguel Ángel Pinto después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (Jep) concluyera que sí es la persona mencionada por Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, en una declaración sobre presuntos vínculos políticos y negocios con el Clan del Golfo y el Bloque Centauros de las AUC, un paso que despeja la tesis del homónimo que había planteado el congresista.
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Ese análisis llevó a que el asunto fuera remitido a la Sala de Instrucción del máximo tribunal, que ahora deberá establecer si hay mérito para avanzar en una investigación formal. La base del expediente son los señalamientos entregados por Úsuga ante la jurisdicción de paz.
Conforme a lo expuesto en la decisión, “los togados relatores de la Sala de Reconocimiento de la JEP, concluyen que no hay lugar a la aclaración invocada, en tanto la parte resolutiva no envuelve razonamientos o expresiones que planteen motivos de duda, esto es, que adolezcan de falta de certeza o tornen problemático su entendimiento de un nombre señalado por un testigo”, informó W Radio.
El fallo respondió al recurso con el que Pinto intentó controvertir su aparición en la llamada lista de Otoniel. Cuando su nombre se hizo público, el entonces senador del Partido Liberal sostuvo que no se trataba de él, sino de otra persona con el mismo nombre.
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Alias Otoniel entregó 63 nombres a los magistrados de la Jep de personas que habrían tenido negocios y relación con el Clan del Golfo. Entre esos nombres apareció el de Pinto, lo que activó las verificaciones de la jurisdicción y luego la actuación de la Corte, reveló el periodista Daniel Coronell.
En la resolución, la Jep retomó apartes textuales de la declaración del excomandante del Clan del Golfo sobre presuntos aliados del paramilitarismo en Casanare. Allí, alias Otoniel dijo: “Ese era Leonidas Ortega, el secretario de obras, el senador era Miguel Ángel Pinto Hernández”.
A propósito, relató una supuesta reunión en la que, según su versión, se habrían acordado vínculos y contratación. Úsuga declaró: “fue con un señor que le decían Pachito, pero el que llevaba a esa gente, el que llevaba a toda esa gente era William Mayorga, llevaba todos los enlaces que eran políticos y contrataciones a donde nosotros. Andrés tuvo una reunión también, el difunto Pacho y el que fue a llevarlos el muchacho William que era el enlace”.
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