Registraduría Nacional hizo un último llamado a más de 850.000 jurados de votación: quienes no asistan deberán pagar multa millonaria

El registrador Hernán Penagos enfatizó la obligatoriedad de participar en capacitaciones y la jornada electoral para asegurar la transparencia de los comicios

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El registrador nacional, Hernán Penagos, enfatizó en la importancia de la capacitación obligatoria para los jurados de votación designados - crédito Registraduría Nacional

La Registraduría Nacional del Estado Civil hizo un último y enfático llamado a los más de 850.000 ciudadanos designados como jurados de votación para las elecciones presidenciales del domingo 31 de mayo en Colombia.

El registrador nacional, Hernán Penagos, reiteró la importancia de que los seleccionados asistan puntualmente a las capacitaciones obligatorias, que ya se adelantan en todo el país, y cumplan con el deber ciudadano de participar activamente en la jornada electoral.

De los 850.871 jurados designados, 708.259 son principales y 142.612 remanentes. Bogotá encabeza la lista con 124.010 jurados (102.972 principales y 21.038 remanentes), seguida de Antioquia, Valle del Cauca, Cundinamarca, Atlántico y Santander.

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¿Por qué es importante la capacitación de los jurados?

Las capacitaciones tienen como objetivo garantizar que todos los jurados conozcan los procedimientos y responsabilidades que deben cumplir el día de la elección. Según el registrador Penagos, “los jurados de votación desempeñan dos tareas determinantes para garantizar el buen suceso del proceso electoral: contar los votos y diligenciar de manera manual los resultados de las votaciones en los formularios E-14 o actas electorales”.

La capacitación de los jurados garantiza transparencia y precisión en el conteo de votos y diligenciamiento de los formularios E-14 - crédito Registraduría Nacional

Para Penagos, la capacitación es fundamental para evitar errores, garantizar la transparencia y asegurar que cada voto sea contabilizado correctamente, señalando que el correcto desempeño de los jurados es clave para la legitimidad de los comicios, la atención eficiente a los votantes y la consolidación de la democracia.

¿Cómo consultar si fue seleccionado como jurado de votación?

Los ciudadanos pueden verificar si han sido designados como jurados de votación de manera rápida y segura a través de varios canales habilitados por la Registraduría:

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  • En la aplicación ‘aVotar’, disponible gratuitamente en Google Play y App Store.
  • En la página web www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
  • A través del chatbot institucional de la Registraduría.

En estos espacios también se informan el lugar, la fecha y la hora de la capacitación obligatoria. En Bogotá y otras ciudades, los horarios disponibles son de 8:00 a 10:00 a. m., 10:00 a. m. a 12:00 m., 2:00 a 4:00 p. m. y 4:00 a 6:00 p. m., para facilitar la asistencia de todos los designados.

La consulta sobre si se es jurado de votación puede hacerse en la app ‘aVotar’, la página web de la Registraduría y el chatbot institucional - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Consecuencias de no cumplir con el deber de jurado

Ser jurado de votación es un deber ciudadano de obligatorio cumplimiento, tanto para empleados públicos como para ciudadanos del sector privado. La normatividad es clara: quienes no asistan sin causa justificada a la capacitación o al puesto de votación, o abandonen el cargo durante la jornada, se exponen a severas sanciones.

  • Para servidores públicos: la ausencia puede conllevar procesos disciplinarios e incluso la destitución del cargo.
  • Para ciudadanos del sector privado: la sanción puede ser una multa de hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes (equivalentes a $17.509.000 para 2026).

Además, el artículo 105 del Código Electoral establece que la designación como jurado es de forzosa aceptación: la única excepción justificada es la existencia de una causal de fuerza mayor debidamente comprobada.

Ser jurado otorga el derecho a un día de descanso remunerado que debe ser concedido por todos los empleadores en un plazo de 45 días hábiles tras la elección - crédito Catalina Olaya/Colprensa

Derechos de los jurados de votación

Los ciudadanos designados como jurados, independientemente de su vinculación laboral, tienen derecho a un día compensatorio de descanso remunerado, que puede hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la elección. Este beneficio es obligatorio para empleadores públicos y privados.

¿Qué hacer si no tiene la cédula de ciudadanía?

La Registraduría aclaró que los jurados de votación deben presentarse al puesto asignado aun si no cuentan con la cédula física. En estos casos, pueden identificarse con la contraseña de trámite u otro documento que permita su identificación plena. Sin embargo, esta circunstancia no les exime del deber de cumplir su función, aunque sí les impide ejercer el derecho al voto durante la jornada.

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