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Colombianos que están a punto de pensionarse tienen nueva regla que los beneficia: experto explicó de qué se trata

La sentencia pretende evitar la desvinculación laboral de los trabajadores que han superado el mínimo de semanas cotizadas

El tribunal exigió mayores requisitos para la terminación del contrato de trabajo - crédito Freepik

La Corte Suprema de Justicia ha decidido ampliar la protección laboral de los trabajadores colombianos que están próximos a pensionarse, abriendo un nuevo escenario para empresas y empleados, por lo que es necesario tener en cuenta el funcionamiento de la sentencia SL-2600 de 2025.

Con esta decisión, el máximo tribunal laboral extendió el fuero de estabilidad laboral reforzada para aquellos que ya completaron las semanas mínimas de cotización, pero todavía se encuentran a menos de tres años de cumplir la edad de pensión, modificando el anterior criterio que únicamente amparaba a quienes no habían completado las semanas requeridas.

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Así, las obligaciones de los empleadores cambian notablemente con aquellos empleados que están a punto de jubilarse, lo que anticipa retos jurídicos y económicos para el territorio nacional.

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Entre las posibles consecuencias, la Corte advirtió que las empresas que no adapten sus políticas de finalización de contratos a este nuevo precedente corren riesgo de enfrentar demandas judiciales que pueden terminar en órdenes de reintegro, así como en el pago de salarios y prestaciones adeudadas, además de aportes a la seguridad social e indemnizaciones adicionales.

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Anunciaron sanciones económicas y órdenes de reintegro para empresas que incumplan las nuevas reglas sobre desvinculación laboral de trabajadores que han superado el mínimo de semanas cotizadas - crédito Freepik

Así lo explicó Carlos Alberto Camargo Mejía, abogado líder de Consultoría de la Unidad Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, que reiteró la importancia de la sentencia.

Según el experto, el criterio actual asume una perspectiva material y funcional al proteger también a los trabajadores que, aunque ya sumaron las semanas requeridas, no han cumplido con la edad de retiro, reconociendo su situación de especial vulnerabilidad frente a la finalización del vínculo laboral en esta etapa.

“El empleador debe verificar si el trabajador, aun habiendo completado las semanas de cotización, se encuentra dentro de los 3 años previos al cumplimiento de la edad pensional, y si su desvinculación lo expone a una situación objetiva de vulnerabilidad que afecte su mínimo vital y el tránsito digno hacia la pensión”.

A partir de esta decisión, el empleador debe determinar, en cada caso, si el trabajador, pese a haber cotizado todas las semanas, se encuentra en los 3 años previos al cumplimiento de la edad pensional y si su despido podría afectar su subsistencia digna y su transición hacia la jubilación.

De acuerdo con la sentencia, la simple finalización del contrato sin causa objetiva ni disciplinaria, incluso si va acompañada de indemnización, puede ser declarada ineficaz y obligar al reintegro del trabajador, además de sanciones económicas.

Sin embargo, la Corte Suprema precisó que, si existe una justa causa comprobada, el empleador puede proceder a terminar el contrato, siempre que documente rigurosamente dicha causal.

El cambio protege a aquellos que están cerca de jubilarse - crédito Freepik

La estabilidad laboral reforzada pre-pensional no constituye un blindaje absoluto frente al despido, pero sí contribuye a la protección y la exigencia de pruebas para la desvinculación de este grupo de empleados.

Desde la perspectiva práctica, Camargo Mejía recomienda a las áreas de recursos humanos y asesores legales de las compañías identificar a los trabajadores cercanos a la edad de pensión y someter las decisiones sobre su despido a un análisis jurídico reforzado.

Del mismo modo, insistió en la necesidad de documentar exhaustivamente las causas objetivas o disciplinarias y, cuando sea posible, recorrer la vía del mutuo acuerdo para la terminación del contrato laboral. “Es fundamental documentar de manera rigurosa las causas objetivas o disciplinarias cuando existan y, en la medida de lo posible, privilegiar la terminación del vínculo mediante mutuo acuerdo”, expresó.

La terminación laboral solo puede darse si la empresa demuestra una justa causa - crédito Freepik

Ante este panorama, el especialista reiteró que con la implementación de la sentencia SL-2600 de 2025 se “adopta un enfoque material y funcional de la protección, y concluye que el fuero también cobija a los trabajadores que ya completaron las semanas de cotización y se encuentran a menos de tres años de cumplir la edad de pensión”.

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