Consultas presidenciales del 8 de marzo podrían estar en riesgo: Consejo de Estado admitió dos demandas que buscarían tumbarlas

La posible suspensión de los mecanismos de elección, en caso de que prosperen las iniciativas jurídicas ante el alto tribunal, podría obligar a los partidos a diseñar nuevas rutas para definir sus candidatos y contrarrestar lo que podría ser un duro revés

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Por el momento son 12 candidatos que se someterán a las consultas interpartidistas, de los cuales seguirán en carrera dos: uno de las políticas afines al presidente Gustavo Petro y otro que encarará la visión opositora - crédito Luisa González/REUTERS

El futuro de las consultas presidenciales previstas para el 8 de marzo de 2026, en las que los movimientos de izquierda y centro-derecha definirán sus aspirantes para la primera vuelta, podría estar en entredicho tras la admisión de dos demandas por la Sección Quinta del Consejo de Estado. Estas buscarían, en esencia, tumbar las convocatorias, pese a los esfuerzos de ambas vertientes políticas en llegar a consensos para que los múltiples candidatos se inscriban.

Según la información replicada por Cambio, los autores de estos recursos impugnaron la validez de la autorización emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para organizar comicios internos en esa fecha, y pretenderían modificar el proceso de selección de candidatos a la Presidencia. En caso de prosperar, la situación se convertiría en todo un galimatías jurídico para los partidos y coaliciones que ya habían comenzado la preparación de sus estrategias.

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La Gran Consulta por Colombia cuenta con nueve candidatos inscritos, de los sectores de centro-derecha- crédito @lunadavid/X

Frente a esto, las demandas buscan anular la Resolución 01542 del CNE, la cual habilitó la consulta interpartidista presidencial para el 8 de marzo. La primera acción fue presentada el 2 de diciembre por el abogado Humberto Rafael Méndez, y la segunda, el 19 de enero, por los abogados Juan Esteban Galeano y Martín Emilio Cardona, y en ambos procesos solicitan la suspensión de las consultas y la nulidad de la normativa que fijó la fecha electoral.

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Los motivos por los que las consultas serían ilegales, según las demandas

De acuerdo con documentos revelados por el citado medio, los demandantes alegan que el artículo 6 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 limita la celebración de consultas populares a una sola vez por cada proceso electoral. “Hay un dispositivo en el artículo 6 (…) que dice que para cada proceso electoral únicamente se hará una consulta y esa consulta se hizo el 26 de octubre de 2025”, indicó Cardona, que advirtió que fue abierta a toda la ciudadanía.

Por su parte, Méndez advirtió, citando datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y antes de que se definieran disposiciones como un tarjetón único, que una nueva consulta generaría un gasto público estimado en 193.000 millones de pesos. Y con ello, se generaría una duplicación innecesaria de recursos del Estado; y, de paso, afectaría la igualdad entre partidos políticos y fragmentaría la participación ciudadana en el proceso electoral próximo.

Aunque Daniel Quintero insiste en que hará parte de la consulta interpartidista del Pacto Amplio, junto a Roy Barreras, Iván Cepeda y Camilo Romero, lo cierto es que todavía no se ha oficializado su integración - crédito redes sociales

Si el Consejo de Estado accede a la nulidad y aplica la medida cautelar solicitada, los partidos tradicionales, la centroderecha y los movimientos alternativos se verían obligados a reconsiderar sus mecanismos de escogencia. En efecto, los precandidatos podrían verse forzados a acudir directamente a la primera vuelta del 31 de mayo, sin pasar por consultas, como se ha gestionado desde estos dos sectores y a la espera, incluso, de si se consolida un tercer proceso.

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Frente a esto, los exregistradores delegados Nicolás Farfán y Alfonso Portela señalaron a Cambio que el inciso 3 del artículo 6 de la ley 1475 de 2011 señala que realizar las consultas podrá coincidir con las elecciones a corporaciones públicas. Y consideraron que la ley permite consultas en fechas diferentes durante un mismo ciclo electoral, lo que debilitaría el argumento de que ya se habría agotado el mecanismo, como lo expusieron los demandantes.

Otro de los interrogantes estaría enfocado a si candidatos como el senador Iván Cepeda y el acusado exalcalde de Medellín Daniel Quintero pueden hacer parte de estos procesos interpartidistas, pues ambos integraron lo que debía ser la consulta interna del Pacto Histórico, el 26 de octubre, que terminó convirtiéndose en un proceso interpartidista. Sobre todo en el caso de este último, que buscó renunciar sin éxito a la elección ya adelantada, en un reversazo negado.

La primera convocatoria de los colombianos a las urnas en el primer semestre de 2026 será el 8 de marzo, cuando se escogerá el nuevo Congreso y, del mismo modo, candidatos a las consultas de centro-derecha y de izquierda - crédito REUTERS

Los integrantes de La Gran Consulta por Colombia (centro-derecha):

  • Vicky Dávila: periodista, exdirectora de Semana.
  • Juan Carlos Pinzón: exministro de Defensa y exembajador en Estados Unidos.
  • Aníbal Gaviria: exgobernador de Antioquia y exalcalde de Medellín.
  • Juan Manuel Galán: exsenador.
  • Mauricio Cárdenas: exministro de Hacienda.
  • Juan Daniel Oviedo: exdirector del Dane y exconcejal de Bogotá.
  • Paloma Valencia: senadora del Centro Democrático.
  • David Luna: exministro TIC y exsenador.
  • Enrique Peñalosa: exalcalde de Bogotá.

Los participantes de la consulta del Pacto Amplio (izquierda):

  • Iván Cepeda: senador del Pacto Histórico, ganador de la consulta del Pacto Histórico.
  • Roy Barreras: exembajador de Colombia en el Reino Unido y exsenador.
  • Camilo Romero: exembajador en Argentina y exgobernador de Nariño.

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