Así es como la pensión de un colombiano puede ganar intereses y hacer que le paguen más: “Es poner a trabajar la plata”

El nuevo modelo exige decisiones informadas para aprovechar al máximo los beneficios de la capitalización y asegurar un mejor retiro

A cierre de marzo de 2025, Colpensiones protegía a un total de 1.773.495 personas pensionadas en Colombia, un número que sigue en aumento - crédito Canva

El interés compuesto se consolidó como un factor determinante para los que desean incrementar el valor de su pensión en Colombia, en especial, tras la entrada en vigor de la Reforma Pensional que redefine el sistema de jubilaciones en el país. Con la promulgación de la Ley 2381 de 2024, el ahorro de los trabajadores colombianos adquiere una nueva relevancia, ya que la manera en que se capitalizan los aportes puede influir de forma importante en el monto final que recibirá cada jubilado.

Por eso, comprender y aprovechar el interés compuesto resulta esencial en este nuevo contexto.

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Al respecto, la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), describe el interés compuesto como el mecanismo que permite que el dinero ahorrado no solo genere rendimientos, sino que estos, a su vez, se reinviertan y produzcan nuevas ganancias. “Es poner a trabajar la plata y luego de que lo que ganaste, también trabaje”, señala la organización que preside Andrés Velasco.

De acuerdo con el Gobierno Petro, el ahorro de las pensiones no se tocarán - crédito Leonardo Muñoz/EFE

A diferencia del interés simple, que solo se calcula sobre el capital inicial, el interés compuesto suma los rendimientos obtenidos mes a mes o año a año, lo que incrementa así el saldo total de la cuenta de pensión.

Un ejemplo práctico

Para ilustrar este principio, un ejemplo práctico es: si un trabajador destina $100.000 a su fondo de pensión y recibe intereses, al mes siguiente los rendimientos se calcularán sobre los $100.000 más los intereses generados de manera previa. De esta manera, el ahorro crece de forma exponencial a medida que pasa el tiempo, siempre que los aportes se mantengan constantes y los rendimientos se reinviertan.

Dicha lógica, según Asofondos, resalta la importancia de iniciar el ahorro lo antes posible, ya que el tiempo es un factor determinante para que el interés compuesto despliegue todo su potencial.

La Corte Constitucional estudia el texto aprobado de la Reforma Pensional - crédito Corte Constitucional

Reforma Pensional y distribución de aportes

La Reforma Pensional, que estudia la Corte Constitucional, introduce cambios estructurales en el sistema de cotización. Todos los trabajadores deberán aportar a Colpensiones, la administradora estatal, hasta un tope de 2,3 salarios mínimos, equivalente a $3.274.050 en 2025. Aquellos que perciban ingresos superiores a este umbral destinarán el excedente a una administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), que corresponde a los fondos privados.

El nuevo esquema establece que el 16% del salario mensual se destina a la pensión. Para quienes ganan hasta 2,3 salarios mínimos, la totalidad de este porcentaje irá a Colpensiones. Por ejemplo, un trabajador con un salario mínimo de $1.423.500 deberá cotizar $227.760 al mes, de los cuales el 75% ($170.820) lo aporta el empleador y el 25% el empleado. Todo este monto se canaliza a la administradora estatal.

En el caso de quienes reciben un salario superior, la distribución se hace en dos partes. Para un ingreso de cuatro salarios mínimos ($5.694.000), el 16% de los primeros $3.274.050 —es decir, $523.848— se dirige a Colpensiones. El excedente, que en este ejemplo corresponde a $2.419.950, se somete a una cotización del 13,2%, lo que representa $319.433, y se transfiere a la Accai seleccionada por el trabajador. El mecanismo busca fortalecer el sistema público y, al mismo tiempo, permitir que los fondos privados gestionen el ahorro complementario.

Colpensiones tendrá que administrar los recursos de más de 20 millones de trabajadores con la entrada en vigor de la Reforma Pensional - crédito Colpensiones/Colprensa

Régimen de transición y fechas clave

La reforma también contempla un régimen de transición para ciertos grupos de trabajadores. Según el artículo 76 de la Ley 2381, las mujeres que hayan cotizado al menos 750 semanas y estén a menos de diez años de la edad de jubilación, así como los hombres con 900 semanas cotizadas y en la misma condición temporal, podrán elegir entre permanecer en el sistema anterior (Ley 100) o acogerse al nuevo modelo.

Dicha decisión deberá tomarse en un plazo de dos años y estará acompañada de un proceso de doble asesoría, que busca orientar a los usuarios sobre la opción más conveniente para su situación particular.

La implementación total del nuevo Sistema de Protección Social para la Vejez estaba programada para el 1 de julio de 2025, pero la Corte Constitucional admitió demandas de trámite y decidió devolver el texto aprobado al Congreso. La Cámara de Representantes la volvió a probar y el alto tribunal ahora estudia su constitucionalidad. Hasta esa fecha, Colpensiones deberá hacer los ajustes logísticos necesarios para asumir sus nuevas funciones, mientras que los trabajadores y empleadores se preparan para adaptarse a las nuevas reglas de cotización y distribución de aportes.

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