
La sanción de la Ley 2281 de 2023 trajo consigo la formalización del Ministerio de la Igualdad y la Equidad, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez. Esta nueva dependencia asumió la responsabilidad sobre los Institutos de Bienestar Familiar, Sordos y Ciegos y destacó desde su concepción por la asignación presupuestal inicial de $500.000 millones para 2023, cifra que superó los presupuestos de ministerios clave como Tecnología, Justicia, Ciencia y Transporte.
Para 2024, el presupuesto asignado al Ministerio de la Igualdad fue incrementado a $1,3 billones, ubicándose por encima de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo, Relaciones Exteriores, Transporte, Ciencia, Tecnología e Innovación; Justicia y del Derecho; y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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El respaldo a la legalidad y sostenibilidad de este ministerio llegó el 6 de septiembre a través de la Procuraduría General de la Nación, liderada por Margarita Cabello, que avaló su creación bajo el entendimiento de que no comprometía la sostenibilidad fiscal del país.
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Sin embargo, la gestión del Ministerio de la Igualdad pronto se vio envuelta en controversia cuando, el 23 de abril, la Contraloría General de la República reportó una baja ejecución del presupuesto asignado, al identificar una de inversión del 0,36% por parte de este ministerio durante el primer trimestre de 2024, la más baja registrada dentro del gabinete.
Ante estos cuestionamientos, Márquez defendió la labor del ministerio, y argumentó los desafíos operativos surgidos después de su formalización legal. La polémica alcanzó su punto álgido el miércoles 8 de mayo, cuando la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la Ley 2281 de 2023 debido a errores en el trámite legislativo; con lo que dejó sin piso jurídico al ministerio, en una decisión que entrará en vigor en junio de 2026.
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La Corte advirtió que esta decisión podría afectar la implementación de políticas públicas dirigidas a garantizar los derechos de grupos de especial protección, tales como madres cabeza de familia y personas en situación de discapacidad, realizando una clara alusión al principio de igualdad y sus implicaciones legales.

La senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, promotora de la acción legal contra el ministerio, indicó que, aunque aspiraban a una aplicación inmediata del fallo, el alto tribunal optó por postergar sus efectos para mitigar posibles consecuencias administrativas. Valencia criticó la falta de claridad del Gobierno sobre el impacto fiscal del proyecto y la elevada inversión en burocracia asociada al ministerio.
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Reacciones variadas no se hicieron esperar tras la decisión de la Corte. Si bien algunos sectores aplaudieron la intención gubernamental de promover la igualdad, coincidieron en la necesidad de un manejo fiscal prudente y en la adopción de medidas efectivas contra el despilfarro del tesoro público.
Personalidades como el exmagistrado Nilson Pinilla resaltaron la importancia de adherirse a parámetros estrictos en la gestión de recursos, en un contexto donde la tendencia al gasto excesivo debe ser controlada.
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¿Se puede salvar el Ministerio?
La fundamentación de la sentencia se basa en la falta de acción por parte del Congreso para analizar las consecuencias fiscales que implicaría el establecimiento del ministerio, contraviniendo así la Ley 819 de 2023, que dictamina principios de “presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal”.
De acuerdo con la Corte, esta carencia en el análisis fiscal transgrede el artículo 151 de la Carta Magna, que dicta los criterios para el aval de leyes ordinarias, incluida la valoración de su impacto en el presupuesto.
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“Esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez”, indicó la Corte.
A pesar de señalar este fallo, la Corte otorga un margen de dos años para subsanar el inconveniente. Durante este tiempo, se requiere que la ley sea discutida en cuatro debates en el Congreso antes de junio de 2026.
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De este modo, aunque la decisión de la Corte anuncia la inconstitucionalidad de la omisión, sus repercusiones no tendrán un efecto inmediato. Con un plazo hasta el próximo 20 de julio de 2024 para comenzar, el legislativo enfrenta dos caminos: corregir la falta ajustando su proceso a fin de satisfacer los mandatos constitucionales y legales, incluyendo el análisis de las implicaciones fiscales que conlleva la creación del ministerio, o enfrentarse a la posibilidad de que el proyecto de ley sea definitivamente desestimado.
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