Caso Álvaro Uribe: Tribunal negó preclusión y la Fiscalía recolectará pruebas para escrito de acusación

A las 2:00 p. m. inició la diligencia en la que se decidió negar las pretensiones del ente acusador de cerrar el proceso que se adelanta en contra del expresidente

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El expresidente Álvaro Uribe Vélez se ausentó de la audiencia en la que el magistrado ponente argumentó que hay inconsistencias y por eso, decidió no precluir su proceso - crédito Colprensa
El expresidente Álvaro Uribe Vélez se ausentó de la audiencia en la que el magistrado ponente argumentó que hay inconsistencias y por eso, decidió no precluir su proceso - crédito Colprensa

El proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por fraude procesal y soborno en actuación penal estuvo en las manos del Tribunal Superior de Bogotá. En una audiencia pública que se llevó a cabo el viernes 6 de octubre a las 2:00 p. m., el magistrado Carlos Andrés Guzmán decidió negar la solicitud de preclusión del proceso que hizo la Fiscalía General de la Nación, negada en primera instancia el 23 de mayo de 2023 por el Juzgado 41 Penal de Conocimiento de Bogotá y, luego, apelada por el ente acusador.

De acuerdo con el magistrado, la decisión del Tribunal se basó en la adecuación de la conducta en el tipo penal, es decir, que se evaluó si las presuntas acciones delictivas en las que habría incurrido el exmandatario cumplen con los requisitos subjetivos y objetivos para ser calificados como determinados delitos.

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El expresidente está siendo investigado, entre otras cosas, por presuntamente conocer y determinar que su exabogado Diego Cadena contactó al interno Juan Guillermo Monsalve para que se retractara de antiguas declaraciones que hizo en contra de Álvaro Uribe, en las que lo vincula con el paramilitarismo.

¿Qué dijo el magistrado? Durante la audiencia, el magistrado Guzmán presentó los argumentos por los cuales la Fiscalía pidió que el caso contra Uribe fuera cerrado. Indicó que, hasta el momento, con los elementos probatorios presentados durante el proceso, no hay claridad sobre si las manifestaciones de Monsalve fueron falsas y que, por ende, buscaba retractarse para hablar con la verdad, o si, por el contrario, las declaraciones eran verdaderas y se buscaba brindar información falsa posteriormente en la retractación.

Debido a esto, el Tribunal Superior de Bogotá afirmó que no es posible aceptar la preclusión por el delito de soborno de actuación penal. Esto, teniendo en cuenta que se debe contar con una prueba que demuestre que el expresidente Uribe no buscó sobornar al interno Monsalve a cambio de que mintiera.

Además, también decidió negar la preclusión del delito de fraude procesal, debido a que no ha sido comprobado hasta el momento que un par de cartas del exparamilitar Juan Carlos Sierra Ramírez sean veraces. En dichas misivas aseguraría que fue visitado por tres senadores que le pidieron que declarara en contra de Álvaro Uribe y asegurara que tenía nexos con el paramilitarismo.

El magistrado Carlos Guzmán indicó que existen inconsistencias y hay vacíos en los elementos allegados por la Fiscalía para aceptar una preclusión del caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez - crédito Captura de pantalla Audiencia Tribunal de Bogotá
El magistrado Carlos Guzmán indicó que existen inconsistencias y hay vacíos en los elementos allegados por la Fiscalía para aceptar una preclusión del caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez - crédito Captura de pantalla Audiencia Tribunal de Bogotá

En ese sentido, el Tribunal determinó que estos dos eventos, sumado a muchos otros que enlistó durante la audiencia, no han podido ser verificados en su totalidad y dejan sobre la mesa otras posibilidades que deberían ser investigadas.

“El estudio de varios de los elementos de convicción allegados puso en evidencia la existencia de incertidumbres sustanciales sobre las circunstancias en que se desarrollaron los hechos materia de estudio, los que finalmente permitirían esclarecer si se ejecutaron o no las conductas punibles de soborno en la actuación penal y fraude procesal”, explicó el magistrado.

El Tribunal también halló inconsistencias en testimonios, documentos, medios de conocimiento y pericias, lo que indicaría que hay hipótesis fácticas “que se contraponen entre sí”, pero que tiene sustento probatorio. En consecuencia, los elementos probatorios allegados por la Fiscalía en las diferentes audiencias no serían suficientes para determinar que cualquiera de las posibilidades que se encuentran sobre la mesa son correctas. Asimismo, la imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia tampoco pudo ser demostrada.

Frente a esta decisión, tomada de manera unánime entre los magistrados Carlos Andrés Guzmán, Hermens Lara y Dagoberto Hernández, no procede recurso alguno.

La decisión de la Fiscalía

La Fiscalía General de la Nación informó, de acuerdo con fuentes consultadas por Semana, que se tomará el tiempo para recaudar las pruebas requeridas para redactar el escrito de acusación en contra el exmandatario. Asimismo, indicó que se designará a un nuevo fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia para que atienda el fallo del Tribunal, según detalló W Radio en exclusiva.