Elecciones para alcaldes y gobernadores en Colombia: estos son los horarios en que podrá votar el próximo 29 de octubre

La información de la jornada electoral fue entregada por la Registraduría, y para estas elecciones se mantendrán los mismos horarios de las votaciones anteriores

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La registraduría se alista para los comicios electorales del próximo 29 de octubre - crédito @Registraduria/X
La registraduría se alista para los comicios electorales del próximo 29 de octubre - crédito @Registraduria/X

Las próximas elecciones para elegir alcaldes, gobernadores, concejales, diputados a las asambleas departamentales y ediles de las juntas administradoras locales, para el próximo periodo 2024-2027, están cada vez más cerca y resulta pertinente que la ciudadanía esté al tanto de los horarios y puntos de votación.

Son varios aspectos los que deben ser conocidos por los votantes. En primer lugar, si se es no jurado de votación; luego, el puesto de votación y número de mesa correspondiente a cada votante y, de la misma manera, los horarios en los que se abrirán las urnas.

La Registraduría ha dispuesto que las urnas estarán abiertas a partir de las 8 de la mañana, para que a las 4 de la tarde puedan cerrarse. Este es el mismo horario que se han manejado en jornadas electorales anteriores, y que regirá del mismo modo en cualquier punto del país.

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Es importante que los votantes tengan claro su puesto de votación para que puedan ejercer su derecho sin ninguna contrariedad. Para este efecto, es necesario, según la Registraduría, que los ciudadanos se presenten con su documento de identidad (es válida la cédula digital) ante su jurado de votación para que puedan recibir su respectivo tarjetón.

Dentro de las sugerencias de la entidad, cabe recordar a la ciudadanía la importancia de planificar su día, para que puedan votar oportunamente sin tener que estar en largas filas, especialmente en los momentos previos al cierre de las urnas. Usualmente suele ocurrir así y algunos electores se han quedado sin ejercer su derecho.

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¿Qué beneficios puede obtener por el certificado electoral?

La Registraduría contempla una serie de bondades para algunas personas por el hecho de recibir su certificado electoral, después de haber realizado su voto.

En primer lugar, la entidad menciona que habrá una “prelación en caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior”.

También afirma que, los “estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derechos a un descuento del 10% en el costo de la matrícula”, esto es de acuerdo a la Ley 815 de 2003, por medio de la cual se promueven más estímulos a los votantes.

Otro beneficio, según la Registraduría, es la “rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez”.

También habrá una rebaja “de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares”, manifiesta la entidad.

Asimismo, según dispone la ley 403 de 1997, en su artículo 3, el votante con el certificado firmado tendrá derecho a media jornada laboral de descanso compensatorio remunerado. Este beneficio el trabajador lo podrá solicitar a su empleado en un marco de 30 días posteriores a los comicios.

Estos beneficios buscan impulsar la participación política en la ciudadanía colombiana que sostiene altos índices de abstencionismo electoral. Si bien estos indicadores han venido mostrando tendencias diminutivas. En las últimas elecciones presidenciales, en 2022, la participación política según datos de la Registraduría alcanzó el 58,17%, con una abstención del 41, 83%. Sin embargo, queda seguir luchando por una participación política más favorable en Colombia.

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