Colombianos pueden cotizar sus pensiones en 14 países: estos son los beneficios de la medida

El Ministerio de Trabajo informó que con el convenio se pretende llevar los derechos de los trabajadores del país a los “estándares internacionales”

Imagen de archivo referencial. Gracias a un convenio firmado por el Gobierno nacional, los colombianos podrán cotizar sus pensiones en 14 países

El Gobierno colombiano, en cabeza del presidente Gustavo Petro, y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (Oiss), firmaron un convenio a través del cual las y los trabajadores colombianos podrán cotizar sus pensiones en 15 países, incluido Colombia.

El nuevo instrumento, según el Ministerio de Trabajo, permitirá que los trabajadores colombianos que hayan laborado en uno o más de los Estados firmantes puedan cotizar sus pensiones en cualquiera de dichos territorios, para así acceder a las prestaciones económicas derivadas de la invalidez, vejez o supervivencia.

El convenio, que fue aprobado en la V Conferencia de Ministros y Máximos Responsables de Seguridad Social de los países de Iberoamérica, celebrada en Segovia, España, también buscará, de acuerdo con la cartera, proteger “los derechos de millones de trabajadores migrantes, sus familias y trabajadores”.

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“Esto ha sido un avance significativo, la ministra del Trabajo ha estado muy comprometida con este instrumento porque llevamos más de 10 años, tratando a que se apruebe por el congreso, luego el control de constitucionalidad y ahora que ya tenemos esos dos requisitos y ahora ya es una realidad, a partir de este momento se cuentan 3 meses y entrará en vigor en 90 días, indicó la secretaria General de la Oiss, Gina Magnolia Riaño.

Países participantes y beneficios

Colombianos ahora podrán cotizar sus pensiones en 14 países del mundo

Según el convenio, los 14 países del exterior en los que los colombianos podrán cotizar sus pensiones, son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Cuba y México.

En cuanto a los beneficios en materia pensional que tendrán los colombianos que coticen en cualquiera de los 14 países estarán: conservar sus derechos adquiridos en Colombia, es decir, que sus prestaciones no se perderán si se muda a otro territorio, al igual que la garantía de que se les tratará con igualdad laboral, sin importar en la Nación en la que trabajen.

Así mismo, se establecerá “la totalización de los periodos de cotización acreditados en los distintos Estados”, y se determinará “la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios, entre otros”, de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Trabajo.

En el marco del anuncio de la medida, la cartera aprovechó para destacar la iniciativa pues, en sus palabras, las legislaciones nacionales sobre seguridad social por sí solas no pueden garantizar los derechos de las y los trabajadores migrantes, por lo que proyectos como el ya firmados son necesarios en el país.

“Por ello se necesitan normas aplicables en todos los países, que permitan disponer de una protección eficaz y completa de los derechos garantizados por los sistemas reglamentarios de seguridad social”, concluyó el Ministerio de Trabajo.

Corte Constitucional avaló la cotización de pensiones de colombianos en el exterior

Imagen de archivo referencia. Para lograr una pensión en Colombia, quienes trabajan en el exterior podrán sumar sus cotizaciones, según la Corte Constitucional. /AFP

Es de recordar que ya el pasado 17 de febrero, la Corte Constitucional le había dado luz verde a dicho “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social para que los colombianos pudiesen acumular sus tiempos laborados ya sea en el territorio nacional o en el exterior, y así acceder a las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común.

La aprobación, según la Procuraduría General de la Nación, se dio bajo la consideración de que la medida “se ajusta a la Constitución Política en tanto permite el desarrollo del trabajo en condiciones dignas y justas, optimiza el principio de favorabilidad y contribuye a la consolidación del derecho a la seguridad social, especialmente, en lo referente a la observancia de los principios de eficacia, universalidad y solidaridad”.

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